Carta de
Noticias nº 384/09
Moratoria
Impositiva y de Seguridad Social
1)
El Gobierno Nacional, mediante la Ley nº 26.476, creó
un nuevo Régimen de Regularización de Obligaciones Impositivas y de la Seguridad Social , vencidas al 31 de diciembre de 2007.
2)
El plazo para adherirse es desde
el 1º de marzo hasta el 31 de agosto de 2009, ambas fechas inclusive.
3)
La
Moratoria podrá abonarse al contado o, en hasta 120
cuotas, con un interés financiero del 0,75% mensual. En el momento del
acogimiento, debe efectuarse un pago a cuenta del 6% sobre la deuda
total incluida.
4)
Para acogerse a este Régimen, los
contribuyentes tendrán que presentar, anteriormente, las declaraciones juradas
de los impuestos que se regularizan.
5)
Aquellos que se adhieran al Plan, obtendrán
un beneficio, que consiste en la reducción de intereses resarcitorios y
punitorios, de entre un 50
a un 70%.
6)
Las cuotas de la Moratoria , vencerán el
día 16 de cada mes, a partir del mes siguiente al del acogimiento, y serán
abonadas mediante débito directo en cuenta bancaria. En el caso de que no haya
dinero suficiente en la cuenta, el segundo débito se producirá el día 26 del
mismo mes.