Carta
de Noticias Nro. 750/18
DOMICILIO FISCAL ELECTRONICO. CONSTITUCION
OBLIGATORIA EN LAS DISTINTAS JURISDICCIONES
I.
Actualmente
además del Fisco Nacional (AFIP), la mayoría de los Fiscos Provinciales han
establecido la obligatoriedad de constituir el Domicilio Fiscal Electrónico.
II.
Recordamos
que en el Domicilio Fiscal Electrónico la Administración
(Nacional/Provincial) puede efectuar válidamente avisos, citaciones,
notificaciones, intimaciones, como también cualquier tipo de comunicación que
desee realizar a los contribuyentes y/o responsables.
……………….
II.
A
continuación detallamos en forma sintética las distintas jurisdicciones donde es obligatorio
constituir Domicilio Fiscal Electrónico, como así también quienes son los
contribuyentes obligados al efecto:
Ø Jurisdicción Nacional (AFIP): A partir del 01/08/2018 el
domicilio fiscal electrónico es obligatorio, salvo para aquellos contribuyentes
que tengan domicilio fiscal en localidades con menos de 1.000 habitantes
y además cumplan determinados requisitos /RG AFIP 4280).