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viernes, 1 de agosto de 2008

350-08 Inmigracion. Trabajadores y estudiantes extranjeros


A)     Política Migratoria.
         La Política Migratoria Argentina esta regulada por la Ley Nº 25871, que
establece que toda persona que desee radicarse en el país deberá encuadrarse en los siguientes criterios de admisión:
Radicación Permanente.
Radicación Temporaria ( 2 años)
Radicación Transitoria.
La modalidad y requisitos para obtener la residencia serán diversos para el caso de un ciudadano nativo de los Países Miembros y Estados Asociados al MERCOSUR (Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela), de un ciudadano nativo de un país Extra – MERCOSUR.

B)          Inscripción en AFIP.
Los extranjeros con residencia en el país, sin documento argentino, para realizar la inscripción en AFIP deben presentar la Cédula de Identidad y el Certificado o Número de expediente otorgado por la Dirección Nacional de Migraciones donde conste el carácter de su residencia.
La AFIP otorgará un número de CUIT provisorio, por el término de dos años, tiempo durante el cual deberán obtener el documento argentino. Una vez obtenido el mismo, y dentro del plazo de 10 días, deben dar de baja el Nº de CUIT provisorio reemplazándolo con el del documento argentino, mediante
la confección del formulario de declaración jurada 581.
Los extranjeros con residencia temporaria o transitoria están exceptuados de realizar este trámite mediante formulario 581 hasta que su situación migratoria cambie a la categoría de residencia permanente.

C)          Modalidades de Contrato de Trabajo para Extranjeros.
Dentro de la Legislación Laboral Argentina no existen modalidades de contrato de trabajo diferenciales para los trabajadores extranjeros. Quedan
encuadrados dentro de la norma general establecida por la Ley de Contrato de Trabajo.

D)         Actividades de los Extranjeros. Documentación.
Servicio Doméstico: Si el extranjero es contratado para realizar tareas de este tipo deberá presentar además de la documentación común a todo extranjero; contrato escrito firmado por el trabajador y el empleador y suscripto ante Escribano Público o agente de la Dirección Nacional de Migraciones, título de propiedad, contrato de locación u otros del lugar donde desempeñará sus tareas, y  acreditar la solvencia económica suficiente que garantice el cumplimiento del contrato por parte del empleador (Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias o últimos 6 recibos de sueldo).
Científicos y Personal Especializado: Los extranjeros que se dediquen a actividades científicas, técnicas, de investigación o de asesoría, contratados por entidades públicas o privadas para efectuar trabajos de su especialidad: podrán radicarse en Argentina presentando, además de la documentación personal común a todo extranjero, la documentación que acredite la condición de científico y de la relación laboral en el país (contratos, notas de las empresas contratantes, recibos de sueldo).
Estudiantes: Los estudiantes provenientes de países miembros o estados asociados al MERCOSUR así como de países Extra – MERCOSUR pueden obtener su residencia por motivo de estudios, presentando ante la Dirección Nacional de Migraciones la documentación común  requerida a todos los extranjeros. En todos los casos la residencia que se otorgará será temporaria y por el plazo de dos años, renovable previa presentación de la documentación que acredite la regularidad en los estudios. Dicha documentación podrá variar de acuerdo a si el estudiante realiza estudios formales, no formales, como miembro de programas de intercambio cultural, de intercambio estudiantil, o como pasante.
          
E)        Establecimientos Educativos – Estudiantes Extranjeros.
            Todo establecimiento educativo oficial antes de la inscripción de una persona
            extranjera debe solicitar ante la Dirección Nacional de Migraciones, su Clave
            Única de Acceso al Sistema Informático de Inscripción. En el caso de que la
            entidad se encuentre inscripta en el Registro Nacional Único de Requirentes
            Extranjeros se encontrará ya provista de dicha clave en forma automática.

F)        Registro Único de Requirentes Extranjeros.
            Fue creado por la Dirección Nacional de Migraciones mediante el decreto
            836/2004, para agilizar y otorgar seguridad a los trámites relativos a permisos
            de ingreso al país, solicitados por empleadores y requirientes de extranjeros 
            no provenientes de estados miembros y asociados al MERCOSUR.

G)       Tarjeta Migratoria para Pasajeros. Agilización de Trámites Migratorios.
La Dirección Nacional de Migraciones implementó un nuevo sistema que permite confeccionar la tarjeta para pasajeros, ingresando a través de la página web de la Dirección Nacional de Migraciones www.migraciones.gov.ar.  La tarjeta presenta un código electrónico, que agilizará los trámites en las oficinas migratorias en los aeropuertos, reduciendo el tiempo de espera de los pasajeros.

H)       Acuerdo Migratorio Argentina-Bolivia.
     Todavía se espera que los poderes legislativos de Argentina y Bolivia ratifiquen
     el acuerdo migratorio celebrado en Abril de 2004, que establece como único   
     criterio para obtener la permanencia en cualquiera de los dos países, la
     nacionalidad. De esta forma, para bolivianos en Argentina o argentinos en
     Bolivia bastará con comprobar su nacionalidad para poder obtener la
     permanencia en el país extranjero. Este acuerdo tendrá una vigencia de 5 años.

I)       Ciudadanos Bolivianos Víctimas de Explotación Laboral.
Como parte del acuerdo celebrado en Abril de 2004 entre Argentina y Bolivia,
            surgió un procedimiento especial para regularizar la situación de los
Trabajadores de nacionalidad boliviana, víctimas de explotación laboral en talleres clandestinos de costura o establecimientos similares. Para ello fue necesaria la inscripción del Consulado de la República de Bolivia como Institución Social Colaboradora. De esta manera la Dirección Nacional de Migraciones otorgó certificados de residencia precaria regularizando la situación de los trabajadores.





Dr: Ramírez Miguel Ángel

     Contador Público U.B.A

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