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lunes, 14 de diciembre de 2015

642/15 NOVEDADES IMPOSITIVAS


                                                                                  Carta de Noticias Nro. 642/15
NOVEDADES IMPOSITIVAS

I.        ARBA (Resolución Normativa 60/2105) estableció un régimen de información que deben cumplir los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que emiten facturas y demás comprobantes en forma electrónica.
II.        Los contribuyentes obligados deben remitir, en forma mensual, a la ARBA la información referida a las facturas y demás comprobantes electrónicos emitidos en el mes calendario inmediato anterior, correspondiente al anticipo del impuesto que se declara.
III.        El vencimiento para el cumplimiento del régimen de información es el previsto en el calendario fiscal vigente para la presentación de las declaraciones juradas y pago de cada anticipo del impuesto.
IV.        Los contribuyentes deben descargar copia de las facturas y comprobantes electrónicos que hayan emitido desde el sitio oficial de la AFIP, a través de la opción de exportación de archivos con datos alfanuméricos, y remitirla, con carácter de declaración jurada, a través de la aplicación informática "miArba".
V.        Están excluidos del cumplimiento de este régimen los contribuyentes que utilizan la modalidad de emisión de "comprobantes en línea" y los que hayan sido exceptuados o excluidos de la obligación de emitir facturas y comprobantes electrónicos, ya sea de manera individual, sectorial o general.
VI.        El presente procedimiento se implementa en forma coordinada con el régimen dispuesto por la AFIP, de manera gradual, por grupos de contribuyentes, clasificados en función del monto total facturado durante el año calendario inmediato anterior y/o de otros parámetros que se estimen convenientes.