Carta de Noticias Nro. 656/16
GRAVABILIDAD
DE LAS RENTAS FINANCIERAS
- A
continuación brindamos una breve síntesis sobre el tratamiento impositivo
que reciben las rentas financieras, que son las que resultan de la valorización
de distintas inversiones a lo largo del tiempo.
- El sistema vigente para
con las rentas financieras se caracteriza por gravarlas íntegramente
cuando son obtenidas por empresas (personas jurídicas) y eximir algunas de
las logradas por las personas físicas.
………………………
III.
Los intereses de los depósitos a
plazo fijo o caja de ahorro se encuentran exentos
en Ganancias, en la medida en que el capital esté depositado en
instituciones bancarias. Esta dispensa sólo se aplica a personas físicas y sucesiones
indivisas que residan en el país.
IV.
Los saldos existentes al 31
de diciembre por depósitos a plazo fijo o caja de ahorro realizados en
instituciones financieras se encuentran exentos en Bienes Personales.
- Asimismo, los intereses de los depósitos a plazo fijo o caja de ahorro se encuentran exentos del IVA.