Carta de Noticias
Nro. 778/19
DERECHO DE EXPORTACION. PRESTACION DE SERVICIOS
EFECTUADA EN EL EXTERIOR
- Recordamos, que por Decreto 1201/2018 el
PEN dispuso gravar con un derecho de exportación del 12%,
a las prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización
o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior.
- Este derecho de exportación no
puede exceder los $ 4 por cada dólar estadounidense del valor
imponible.
- La medida tiene aplicación para las operaciones que sean prestadas y facturadas a partir del 1 de enero de 2019, y se establece una vigencia de 2 años para este derecho de exportación, finalizando su aplicación en consecuencia el 31 de diciembre de 2020.