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miércoles, 27 de diciembre de 2017

725/17 FERIADOS NACIONALES Y DIAS NO LABORABLES AÑO 2018

                                                        Carta de Noticias Nro. 725/17


FERIADOS NACIONALES Y DIAS NO LABORABLES AÑO 2018

          I.    El siguiente es el cronograma de feriados nacionales y días no laborables que regirán en nuestro país, para el año 2018:


Días Feriados Nacionales 2018
Fecha
Día de la Celebración
Conmemoración
Forma de Celebración
1 de Enero
Lunes

Año Nuevo
Fijo
12 y 13 de Febrero
Lunes y Martes

Carnaval
Fijo
24 de Marzo
Sábado
Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
Fijo
30 de Marzo
Viernes

Viernes Santo

Fijo
2 de Abril
Lunes
Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas

Fijo
1 de Mayo
Martes
Día del Trabajador
Fijo
25 de Mayo
Viernes
Día de la Revolución de Mayo
Fijo
17 de Junio
Domingo
Día Paso a la Inmortalidad del Gral. Martin Miguel de Gümes
Trasladable*
20 de Junio
Miércoles
Día Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano
Fijo
9 de Julio
Lunes
Día de la Independencia
Fijo

viernes, 22 de diciembre de 2017

724/17 MONOTRIBUTO

                            Carta de Noticias Nro. 724/17
MONOTRIBUTO

      I.        La AFIP dio a conocer las nuevas escalas de monotributo que comienzan a regir a partir del 01/01/2018.
     II.        Para el rubro prestación de servicios el componente impositivo va desde $ 87,04 a $ 3.584,17, y si se agrega el aporte al SIPA y Obras Sociales la cuota total parte desde $ 1.007,41 hasta $ 4.868,86.
    III.        En el caso de venta de cosas muebles el componente impositivo arranca en los $ 87,04, alcanzando los $ 6.048,30. Si se paga, además, el aporte al SIPA y Obra Social, la cuota va desde los $ 1.007,41 a $ 7.580,69.
  IV.        Asimismo, se ha actualizado el límite de Ingresos Brutos anuales para cada categoría: a) Servicios desde $ 107.525,27 (categoría A) hasta $ 896.043,90  (categoría H); y b)  Venta de cosas muebles desde $ 107.525,27  (categoría A) hasta $ 1.344.065,86 (categoría K).
   V.        Por último, también se actualizó el monto máximo de alquileres devengados anualmente. En este caso, va desde $ 40.321,98 (categoría A) hasta $ 161.287,90 (categoría K).
  VI.        En Anexo I se adjunta tabla general con los nuevos valores.
  VII.        La recategorización que corresponde hacer en enero de 2018 se debe hacer tomando en cuenta las nuevas escalas, y en este caso, el pago asignado a la nueva ubicación en la tabla, debe efectuarse en el mes siguiente.
……………………..
VIII.        La AFIP mediante RG 4166-E estableció un nuevo plan de pagos al que pueden adherirse todos los monotributistas que resulten excluidos de dicho régimen.
  IX.        En el plan pueden incluirse las obligaciones correspondientes al IVA, ganancias y autónomos y sus intereses.
   X.        Los pagos del monotributo, posteriores a la exclusión, se pueden reimputar a la cancelación de las obligaciones arriba indicadas.
  XI.        Para poder acogerse al plan de pagos es requisito haber presentado todas la declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas correspondientes al período de exclusión.
 XII.         El importe mínimo de la cuota es de $ 1.000.
XIII.        No pueden acogerse al plan de pagos los contribuyentes excluidos del Monotributo  a partir del día 1 de octubre de 2017.
XIV.        No pueden incluirse en el plan de pagos:
Ø  Los anticipos y/o pagos a cuenta.
Ø  Las retenciones y percepciones.
Ø  Los intereses relacionados con los conceptos precedentes.
Ø  Los intereses de las deudas de capital que no estén regularizadas en este régimen.
Ø  Los intereses punitorios generados por todo concepto.
Ø  Las multas materiales y las establecidas en la Resolución General N° 1.566.
Ø  Obligaciones correspondientes a los sujetos procesados por los delitos aduaneros y penal tributarios.
XV.        El plazo para adherirse al plan es hasta el último día del 3º mes posterior a la fecha de registración de la novedad de la exclusión en el “Sistema Registral”.
XVI.        Los contribuyentes que regularizan su deuda dentro de los 30 días corridos contados a partir del día siguiente de la fecha de registración de la novedad de la exclusión en el “Sistema Registral”, deben efectuar un pago a cuenta equivalente al 2% del monto consolidado, mientras que aquellos que regularicen su deuda con posterioridad al plazo arriba indicado, deben abonar un pago a cuenta del 5% del monto consolidado.
XVII.        La cantidad de cuotas máxima es el equivalente al doble de la cantidad de meses contados desde el período de alta en los tributos del régimen gral. hasta la fecha de actualización de la novedad de la exclusión en el Sistema Registral,  no pudiendo exceder en ningún caso las 36 cuotas.
XVIII.        La tasa de interés a aplicar es la efectiva mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 2% nominal anual.

     Buenos Aires, 20 de diciembre de 2017.

Dr. Ramirez Miguel Angel
Contador Publico U.B.A.


    
ANEXO I
Cat
Ingresos
Brutos
hasta
Activ.
Cantidad
Mínima de
Empleados
Sup.
Afectada
hasta
Energía
Eléctrica
Consumida
Anual
hasta
Alquileres
Devengados
Anual
hasta
Impuesto Integrado
Aportes
Total
Locac.
y/o
Prestac.
de Serv.
Venta de
Cosas
Muebles
SIPA
Obra
social
Locac.
y/o
Prestac.
de Serv.
Venta de
Cosas
Muebles
A
$ 107.525,27





No excluida





No requiere
30 m2
3.330 KW
$ 40.321,98
$ 87,04
$ 87,04
$ 384,02
$ 536,35
$ 1.007,41
$ 1.007,41
B
$ 161.287,90
45 m2
5.000 KW
$ 40.321,98
$ 167,69
$ 167,69
$ 422,42
$ 536,35
$ 1.126,46
$ 1.126,46
C
$ 215.050,54
60 m2
6.700 KW
$ 80.643,95
$ 286,73
$ 264,97
$ 464,66
$ 536,35
$ 1.287,74
$ 1.265,98
D
$ 322.575,81
85 m2
10.000 KW
$ 80.643,95
$ 471,06
$ 435,22
$ 511,13
$ 536,35
$ 1.518,54
$ 1.482,7
E
$ 430.101,07
110 m2
13.000 KW
$ 100.484,92
$ 896,04
$ 695,07
$ 562,24
$ 536,35
$ 1.994,63
$ 1.793,66
F
$ 537.626,34
150 m2
16.500 KW
$ 100.804,94
$ 1.232,7
$ 907,56
$ 618,46
$ 536,35
$ 2.387,51
$ 2.062,37
G
$ 645.151,61
200 m2
20.000 KW
$ 120.965,93
$ 1.568,08
$ 1.131,57
$ 680,31
$ 536,35
$ 2.784,74
$ 2.348,23
H
$ 896.043,90
200 m2
20.000 KW
$ 161.287,90
$ 3.584,17
$ 2.777,74
$ 748,34
$ 536,35
$ 4.868,86
$ 4.062,43
I
$ 1.052.851,59

Venta de Bienes Muebles
1
200 m2
20.000 KW
$ 161.287,90
-
$ 4.480,22
$ 823,18
$ 536,35
-
$ 5.839,75
J
$ 1.209.659,27
2
200 m2
20.000 KW
$ 161.287,90
-
$ 5.264,9
$ 905,49
$ 536,35
-
$ 6.706,74
K
$ 1.344.065,86
3
200 m2
20.000 KW
$ 161.287,90
-
$ 6.048,3
$ 996,04
$ 536,35
-
$ 7.580,69

Valores del Monotributo vigentes a partir del 01/01/2018