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martes, 27 de noviembre de 2012

538/12 - Lavado de Dinero. Unidad de Información Financiera

                                                                  Carta de Noticias Nro.538/12

LAVADO DE DINERO. UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

I.   Los sujetos obligados, a detectar y reportar a la UIF, las operaciones sospechosas de lavado de dinero ó financiación de terrorismo son:

  • a.  Entidades Bancarias y Financieras.
  • b.  Casas y agencias de cambio.
  • c.   Remesadoras de Fondos
  • d.  Las personas físicas o jurídicas que exploten juegos de azar (excepto Agentes Oficiales de Lotería Nacional ó Provinciales).
  • e.  Los agentes y sociedades de bolsa, intermediarios que operen bajo la órbita de bolsas de comercio con o sin mercados adheridos.
  • f.Los Registros Públicos de Comercio, los organismos representativos de Fiscalización y Control de Personas Jurídicas, Inspección Gral. de Justicia.
  • g.  Los Registros de la Propiedad Inmueble, los Registros Automotor y los Registros Prendarios y los Registros de Embarcaciones y Aeronaves.
  • h.  Las personas físicas o jurídicas dedicadas a la compraventa de obras de arte, antigüedades u otros bienes suntuarios, inversión filatélica o numismática, o a la exportación, importación, elaboración o industralización de joyas o bienes con metales o piedras preciosas.
  • i. Las empresas aseguradoras, productores, asesores de seguros, agentes, intermediarios, peritos y liquidadores de seguros
  • j. Las empresas emisoras de cheques de viajero u operadoras de tarjetas de crédito o de compra.
  • k.   Las empresas de transporte de caudales.
  • l. Las empresas prestatarias o concesionarias de servicios postales que realicen operaciones de giros de divisas o de traslado de distintos tipos de moneda o billete.
  • m. Los Escribanos Públicos.
  • n.  Sociedades de capitalización y ahorro.
  • o.  Las personas físicas o jurídicas despachantes de aduana.
  • p.  Banco Central, la AFIP, la Superintendencia de Seguros de la Nación, y la Comisión Nacional de Valores.
  • q.  El INAES.
  • r.Los profesionales matriculados por Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, cuando realicen actividades de Auditoría o Sindicatura Societaria a favor de:
  • a) los sujetos obligados;ó
  • b) sujetos que posean un activo superior a $ 8.000.000 ó que haya duplicado su activo o sus ventas en el término de 1 año.
  • s.   Las personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros superiores a $ 50.000, en un periodo no superior a 30 días.
  • t. Los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades integradas por agentes o corredores inmobiliarios.
  • u.  Asociaciones mutuales y cooperativas de crédito
  • v.   Personas físicas o jurídicas que se dediquen a la compraventa de automóviles, camiones, motos, ómnibus y ómnibus, tractores, maquinaria agraria y vial, yates ó aeronaves.
  • w. Personas físicas o jurídicas que actúen como administradores, fiduciarios, intermediarios o agentes de fideicomisos. 
………………………………….

II.   Todos los sujetos obligados, arriba mencionados, deben cumplir  requerimientos comunes, a saber:

  • 1)  Elaborar un manual de procedimientos
  • 2)  Llevar un registro del análisis y gestión de riesgos de las operaciones sospechosas.
  • 3)  Llevar un legajo de identificación actualizado de cada cliente que debe reflejar el perfil del cliente.
  • 4)  Reforzar el procedimiento de identificación de clientes en determinados casos.
  • 5)  Prever un sistema de auditoría interna anual que tenga por objeto verificar el cumplimiento efectivo de los procedimientos y políticas de prevención contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.
  • 6)  Desarrollar programas de capacitación para sus empleados.
  • 7)  Deben conservar la documentación por el término de 10 años.
  • 8)  Emitir Reportes Sistemáticos en forma mensual a la UIF. No están obligados a cumplir con este requerimiento los contadores, despachantes de Aduana, ni fiduciarios. Las personas jurídicas que reciban donaciones sólo deben emitir reportes sistemáticos respecto de donaciones superiores a $ 100.000 que se reciban en un solo acto ó en varios dentro de los 30 días.
  • 9)  Reportar operaciones tentadas o realizadas que puedan ser sospechosas de lavado de activos, dentro de los 150 días.
  • 10)  Reportar operaciones tentadas o realizadas que puedan ser sospechosas de financiación de terrorismo, en el plazo de 48 hs.
  • 11)  Remitir los informes, vía on line, a través del Sistema de Reporte de Operaciones, para lo cual tienen que registrar sus datos por Internet, en la página .www.uif.gov.ar/sro.

martes, 13 de noviembre de 2012

537/12 - Protección de Datos Personales (Habeas Data)

                                  Carta de Noticias Nro. 537/12

PROTECCION DE DATOS PERSONALES (HABEAS DATA)

I.   La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales eliminó el requisito de renovación anual de la inscripción de archivos, o bases de datos privado, en el Registro Nacional de Bases de Datos, cuando la cantidad de personas declaradas en el total de las bases de datos sea menor a 5.000, y no se realicen tratamiento de datos sensibles, salvo con un fin administrativo o por obligación legal.

…………………….

II.   Recordamos que el Régimen de Protección de Datos Personales (ley 25326), establece que están obligadas a inscribirse en el Registro Nacional de Base de Datos, todas las personas físicas o empresas que formen registros, archivos o bases de datos, que no tengan fines exclusivamente personales.

III.   Sólo están obligados a renovar la inscripción, en forma anual, conforme la reforma apuntada en I, aquellas personas que manejan archivos en los que se encuentren declaradas más de 5.000 personas ó realicen tratamiento de datos sensibles sin tener obligación legal.

…………………….

IV.   La formación de archivos de datos se considera lícita, cuando se encuentran debidamente inscriptos, en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales

V.   Realizada la inscripción se puede solicitar por escrito a la D.N.P.D.P. el isologotipo para usar en el sitio web de la empresa, lo que sirve que para el que ingrese en la página verifique que aquella cumplió con la ley que protege los datos de las personas.