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viernes, 28 de septiembre de 2018

759/18 ASIGNACIONES FAMILIARES

                                     Carta de Noticias Nro. 759/18
                       
ASIGNACIONES FAMILIARES

  1. Mediante Res. 125/2018, la ANSeS estableció los nuevos rangos y montos de las asignaciones familiares, que rigen a partir de septiembre 2018:

A)   Trabajadores en Relación de Dependencia y Titulares de la Prestación de la Ley de ART
Asignación Familiar
Ingreso Grupo Familiar:
Valor General*
Zona 1**
Zona 2***
Zona 3****
Zona 4*****
Nacimiento
$ 3.004.25 y $ 83.917
$ 1.963
$ 1.963
$ 1.963
 1.963
$ 1.963
Adopción
$ 3.004.25 y $ 83.917
$ 11.758
$ 11.758
$ 11.758
$ 11.758
$ 11.758
Matrimonio
$ 3.004.25 y $ 83.917
$ 2.941
$ 2.941
$ 2.941
$   2.941
$ 2.941
Prenatal
$ 3.004.25 y  26.129
$ 1.684
$ 1.684
$ 3.635
$   3.366
$ 3.635
$ 26.129,01 y 38.322
$ 1.134
$ 1.499
$ 2.248
$  2.990
$ 2.990
$ 38.322,01 y $ 44.244
$ 683
$ 1.350
$ 2.030
$  2.702
$ 2.702
$ 44.244,01 y $ 83.917
$ 350
$ 690
$ 1.035
$  1.372
$ 1.372
Hijo
$ 3.004.25 y $ 26.129
$ 1.684
$ 1.684
$ 3.635
$  3.366
$ 3.635
$ 26.129,01 y $ 38.322
$ 1.134
$ 1.499
$ 2.248
$  2.990
$ 2.990
$ 38.322,01 y $ 44.244
$ 683
$ 1.350
$ 2.030
$  2702
$ 2.702
$ 44.244,01 y $ 83.917
$ 350
$ 690
$ 1.035
$  1.372
$ 1.372
Hijo con discapacidad
$ 0 y $ 26.129
$ 5.491
$ 5.491
$ 8.231
$ 10.973
$ 10.973
$ 26.129,01 y$ 38.322
$ 3.882
$ 5.296
$ 7.940
$ 10.583
$ 10.583
+ $ 38.322,01
$ 2.449
$ 5.099
$ 7.645
$ 10.192
$ 10.192
Ayuda escolar anual
$ 3004.25 y $ 83917
$ 1.411
$ 1.882
$ 2.355
$ 2.816
$ 2.816
Ayuda escolar anual para hijo con discapacidad
Sin tope
$ 1.411
$ 1.882
$ 2.355
$ 2.816
$ 2.816
Cónyuge
$ 3004.25 y $ 83917
$ 406
$ 808
Valor General*: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4

viernes, 21 de septiembre de 2018

758/18 LABORAL. SUSPENSIONES Y DESPIDOS POR CAUSAS ECONOMICAS O FUERZA MAYOR. PROCEDIMIENTOS DE CRISIS

                                     Carta de Noticias Nro. 758/18
                       
LABORAL. SUSPENSIONES Y DESPIDOS POR CAUSAS ECONOMICAS O FUERZA MAYOR. PROCEDIMIENTOS DE CRISIS

  1. La LCT, establece que cuando existen situaciones de fuerza mayor, falta o disminución de trabajo no imputables a la empresa, el empleador tiene la facultad de suspender trabajadores, ó bien disponer su despido, estando facultado, en este último caso, a abonarles indemnizaciones disminuidas (50% de la indemnización por antigüedad).
……………..
  1. Cuando se trata de suspensiones por fuerza mayor, éstas no pueden superar los 75 días en el año; mientras que las suspensiones por falta o disminución de trabajo no pueden exceder los 30 días, en el año. En ambos casos contados desde la primera suspensión.
  2. Asimismo, las suspensiones en su conjunto y cualquiera fuera la causal invocada, no pueden exceder los 90 días en 1 año, a partir de la primera suspensión.

viernes, 14 de septiembre de 2018

757/18 SOCIEDADES. APORTES SOCIALES

                                     Carta de Noticias Nro. 757/18
                       
SOCIEDADES. APORTES SOCIALES

      I.        El aporte social es la prestación que se obliga a cumplir el socio a favor de la sociedad, ya sea en el acto constitutivo o en su reforma. El aporte es una obligación esencial del socio, sin éste no hay sociedad ni socio.
     II.        Los aportes deben ser lícitos, encontrarse en el comercio y no ser contrarios a las buenas costumbres; y tratándose de bienes en especie, debe asegurarse su transferencia a la sociedad.

viernes, 7 de septiembre de 2018

756/18 SISTEMA PERFIL DE RIESGO-AFIP (SIPER)

Carta de Noticias Nro. 756/18
                       
SISTEMA PERFIL DE RIESGO-AFIP (SIPER)
      I.        El Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER), creado por AFIP, es un sistema informático que califica a los contribuyentes, mediante la realización de procesos de evaluación mensuales, en base al cumplimiento de sus deberes formales y materiales, concediendo o limitando los beneficios vinculados con la recaudación, devolución y/o transferencias de impuestos y recursos de la seguridad social, según el caso de que se trate.
     II.        De allí que es fundamental que cada contribuyente se mantenga con el menor riesgo posible de manera de acceder a mejores beneficios.