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viernes, 24 de junio de 2016

659/16 Fundaciones


                                                                            Carta de Noticias Nro. 659/16

FUNDACIONES.
  1. Las Fundaciones son personas jurídicas que se constituyen, mediante el aporte patrimonial de una o más personas, con un objeto de bien común, sin propósito de lucro.
  2. El fin de las Fundaciones siempre es altruista, actuando subsidiariamente con el Estado en la realización de actividades necesarias para el desarrollo y mejoramiento de la comunidad, que el Estado no puede cumplir.
  3. El Estatuto Fundacional debe constituirse por instrumento público (escritura pública).
  4. Para obtener la personería jurídica las Fundaciones además del Estatuto deben acompañar el Acta Constitutiva, el Plan Operativo (proyectos a ejecutar en el primer trienio), y la Base Presupuestaria para la realización de este último.
  5. La entidad debe estar conformada como mínimo por 1 Fundador, no teniendo límite máximo de integrantes.

jueves, 16 de junio de 2016

658/16 Beneficioa e Incentivos Fiscales y Laborales

                                                                            Carta de Noticias Nro. 658/16

BENEFICIOS E INCENTIVOS FISCALES Y LABORALES.

  1. Se encuentra vigente, a través de la Secretaría de Empleo del MT y E y SS el Régimen de Crédito Fiscal que tiene por objeto principal fortalecer las competencias laborales de los trabajadores ocupados y de aquellos desocupados que podrían incorporarse en empresas, cooperativas de trabajo y talleres protegidos.
  2. El crédito fiscal es asignado a las empresas o cooperativas de trabajo en función de las acciones realizadas y gastos ejecutados y rendidos en el marco de las propuestas presentadas.
  3. El cupo anual es de $ 200.000.000.
  4. Los proyectos se financian por un importe, para el caso de las PYMEs y las Grandes Empresas, de hasta el 8% sobre la suma total de sueldos, salarios, remuneraciones y sus respectivas contribuciones patronales, abonados en los 12 meses previos a la presentación de las propuestas.

lunes, 6 de junio de 2016

657/16 Transparencia Fiscal e Intercambio de Informacion Financiera

                            Carta de Noticias Nro. 657/16

TRANSPARENCIA FISCAL E INTERCAMBIO DE INFORMACION FINANCIERA

  1. Desde el 2009 existe, a nivel internacional, una marcada tendencia al equilibrio fiscal, como así también una firme voluntad política para combatir la evasión tributaria transfronteriza, a través de la implementación de medidas de transparencia fiscal, buscando mecanismos de cooperación entre los distintos países.
  2. El mundo definió que un adecuado funcionamiento de los sistemas fiscales es fundamental para garantizar el desarrollo de las economías internacionales, siendo el nuevo estándar el intercambio de información en forma automática.
    III.        El acontecimiento que marcó esta nueva realidad fue la suscripción, en mayo de 2014, de la Declaración Sobre el Intercambio Automático de Información en Materia Fiscal, aprobada por los países miembros de la OCDE (Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico), en su reunión anual del Consejo Ministerial en París.