Carta de Noticias Nro. 574/13
Impuesto a
las Ganancias -Trabajadores en relación de
dependencia
I. Los empleados que
están obligados a informar las deducciones del Impuesto a las Ganancias, por
el periodo fiscal 2013, a través del formulario de declaración jurada F 572 Web
(Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del
Impuesto a las Ganancias- SIRADIG), pueden hacerlo hasta el
31/01/2014.
II. Recordamos que los trabajadores obligados a
emplear dicho mecanismo, son los trabajadores en relación de
dependencia, jubilados y pensionados, y los actores que perciben sus retribuciones
a través de la Asoc. Arg.
de Actores, cuando:
1.
La remuneración
bruta, correspondiente al año calendario inmediato anterior al que se
declara, sea igual o superior
a $ 250.000.
2. Los contribuyentes computen como pago a cuenta del gravamen, las percepciones
que por compras con tarjetas en el
exterior, les hayan practicado, durante el periodo fiscal que se
liquida.
3.
Por razones
administrativas lo determine el empleador.
III. Una vez que el trabajador
queda obligado a utilizar el sistema, debe continuar suministrando la
información a través del mismo, en las sucesivas presentaciones que
efectúe, aún cuando dejen de cumplirse las condiciones que determinaron dicha
obligación.
IV. El Sistema de Registro y
Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) es un servicio Web creado para
generar el Formulario 572, a través del cual se informa:
a)
Las
deducciones
para la determinación de las retenciones del Impuesto a las Ganancias.
b)
Las percepciones efectuadas por
gastos en el exterior con tarjeta de crédito y/o débito.
V. Existe un SIRADIG-Trabajador y un
SIRADIG-Empleador. El primero sirve para que los empleados informen su
situación respecto al tributo, y el segundo para que los agentes de retención
revisen, previo a la liquidación de haberes, si existe alguna novedad a
considerar.