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martes, 23 de agosto de 2016

666/16 LEY DE SINCERAMIENTO FISCAL (BLANQUEO). RETORNO DE LAS DISTINTAS ALTERNATIVAS

                                                                            Carta de Noticias Nro. 666/16

LEY DE SINCERAMIENTO FISCAL (BLANQUEO). RETORNO DE LAS DISTINTAS ALTERNATIVAS
  1. La Ley de Sinceramiento Fiscal establece distintas alícuotas para pagar el Impuesto Especial para exteriorizar bienes no declarados:
white; margin-left: 53.4pt; mso-list: l3 level1 lfo5; text-align: justify; text-indent: -18.0pt;"> a)    Alícuota 0%: para cualquier tipo de bien cuyo monto sea inferior a $ 305.000.
b)    Alícuota 5%: para todos los inmuebles (cualquiera sea su valuación) y resto de bienes que se encuentren dentro del rango de entre $305.000 y $800.000
c)    Alícuota 10%: bienes (excepto inmuebles) que superen los $ 800.000, mientras sean exteriorizados antes del 31 de diciembre próximo.
d)    Alícuota 15%: bienes (excepto inmuebles) que superen los $ 800.000 y sean exteriorizados entre el 01/01/2017 y el 31/03/2017.

viernes, 19 de agosto de 2016

665/16 LEY 27.260. REPARACION HISTORICA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS. REFORMAS IMPOSITIVAS

                                                                            Carta de Noticias Nro. 665/16

LEY 27.260. REPARACION HISTORICA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS. REFORMAS IMPOSITIVAS

  1. Para concluir con el estudio de la Ley ómnibus 27.260, procedemos a explicar el Libro I Título I, referido al Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, como así también el Libro II Títulos IV y V, relativos a modificaciones impositivas.
………………
  1. Por medio del Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, se declara la emergencia en materia de litigiosidad previsional por el término de 3 años, con el objeto de promover la realización de acuerdos transaccionales que permitan cancelar las deudas previsionales y reajustar los haberes conforme los lineamientos fijados por la CSJN.
  2. Los acuerdos comprenden:

martes, 9 de agosto de 2016

664/16 LEY 27.260. MORATORIA

                                                                            Carta de Noticias Nro. 664/16

LEY 27.260. MORATORIA

  1. Siguiendo con el análisis de la Ley ómnibus 27.260, en la presente carta, desarrollamos una síntesis acerca del régimen excepcional de regularización (moratoria) de obligaciones impositivas, de la seguridad social y aduanera, que la misma contempla.
  2. La ley permite regularizar obligaciones impositivas, aduanera y de los recursos de la seguridad social, vencidas al 31 de mayo de 2016, inclusive, así como las infracciones cometidas relacionadas con las mismas.
  3. Además de las obligaciones mencionadas se encuentran incluidas:
·        Los cargos suplementarios por tributos a la exportación o importación y las liquidaciones comprendidas en el procedimiento para las infracciones.
·        Las obligaciones correspondientes al Fondo para Educación y Promoción Cooperativa.

lunes, 1 de agosto de 2016

663/16 LEY 27.260. REGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL

                                                                            Carta de Noticias Nro. 663/16


LEY 27.260. REGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL

  1. El Congreso Nacional sancionó la Ley 27.260 que entre otras cosas, crea un Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, y un Régimen de Sinceramiento Fiscal (blanqueo), estableciendo asimismo, una moratoria para obligaciones impositivas, de la seguridad social y aduaneras, modificaciones impositivas de los Impuestos a las Ganancias y Sobre Bienes Personales y la derogación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
  2. En la presente carta nos avocaremos a realizar el análisis del Título II de la ley, referido al Régimen de Sinceramiento Fiscal (blanqueo).
    III.        A través de la Ley se establece la posibilidad de que determinados sujetos, estén o no inscriptas en AFIP, puedan exteriorizar la tenencia de bienes, en el país y en el exterior.