Carta de Noticias Nro. 292/07
Novedades en el régimen de Trabajadores
Autónomos
A
continuación comentamos las últimas modificaciones que recaen sobre el régimen
que regula a los trabajadores autónomos. A saber:
1)
Se modifica, a partir del
01/03/2007, la base de cálculo para la determinación de los aportes mensuales de los
trabajadores autónomos, la cuál estará relacionada con las rentas
imponibles mensuales reales percibidas por estos, modificándose, a su vez, las
categorías y montos a ingresar.
2)
En la actualidad, el sistema
prevee 15 categorías de trabajadores con aportes y contribuciones que van desde
los $99,84 hasta los $1.536.- por mes. Con el nuevo sistema habrá solo 5 categorías
con aportes que irán desde los $128 a los $563 por mes.
3)
A continuación presentamos un
cuadro que intenta clarificar el nuevo esquema y la variación en el
importe del aporte a ingresar:
Categ
|
Actividad
|
Ingresos Anuales
|
Aporte Nuevo 01/03/2007
|
Aporte s/categ anterior
|
I
|
Personas que ejerzan profesiones u oficios
Comerciantes
Personas de adhesión voluntaria al sistema
previsional
|
Inferiores
o iguales a $20.000
Inferiores
o iguales a $25.000
Sin
ingresos
|
$128.00
|
$122.56
$99.84
|
II
|
Personas que ejerzan profesiones u oficios
Comerciantes
|
Mayores
a $20.000
Mayores
a $25.000
|
$179.00
|
$122.56/
$163.00
|
III
|
Dirección, administración de sociedades
comerciales o civiles(regulares o de hecho) y socios de sociedades
|
Inferiores o iguales a $15.000
|
$256.00
|
$245.12
|
IV
|
Dirección, administración de sociedades
comerciales o civiles (regulares o de hecho) y socios de sociedades
|
Mayores
a $15.000 e inferiores o iguales a $30.000
|
$409.00
|
$245.12/
$409.00
|
V
|
Dirección, administración de sociedades
comerciales o civiles (regulares o de hecho) y socios de sociedades
|
Mayores
a $30.000
|
$563.00
|
$245.12/
$409.00/
$572.00
|
4)
Al igual que en el sistema actual,
el nuevo régimen prevée que, cuando una persona realiza mas de una
actividad, debe encuadrarse en la categoría correspondiente a la
actividad con mayores ingresos brutos anuales, pero considerando el total de
los ingresos obtenidos por todas las actividades desarrolladas.