Carta de
Noticias Nro. 368/08
Parámetros Anuales
Los distintos Organismos, han
dictado sucesivas y recientes normas, estableciendo un sinnúmero de
Regímenes de Información, Recaudación y similares. Ellos dependen de ciertos
parámetros, que, a su vez, son modificados en forma periódica.
Por lo antedicho, consideramos
oportuno, acercar un resúmen de lo mencionado en el punto anterior, en virtud del
nuevo año que inicia. A saber:
1)
Un
contribuyente es categorizado como “Bimestral”, en el Impuesto sobre los Ingresos
Brutos de la Provincia
de Buenos Aires, cuando sus ingresos no superan los $ 144.000. Los
contribuyentes “Mensuales” son aquellos cuyos ingresos superan dicho importe.
2)
Según
la Ley Impositiva
de 2008 de A.R.B.A. (Agencia de Recaudación de la Pcia.de Buenos Aires), las
alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, son distintas, según
ciertos parámetros. A saber:
-
Comercialización:
3% Ventas menores a $ 30.000.000 – 4,5% Ventas mayores o iguales a $ 30.000.000
-
Industria:
1% Si la empresa tiene establecimiento en la Provincia de Buenos
Aires 3% Si no tiene establecimiento en la Provincia
Ver Carta de Noticias nº 359, para
mayor información.
3)
La Exención en el Impuesto sobre los
Ingresos Brutos de la
Provincia de Buenos Aires, para las actividades de producción,
corresponderá, siempre y cuando las ventas no sean mayores a $ 60.000.000. Ver
Carta de Noticias nº 359 para obtener más datos.
4)
Las
empresas
constructoras y los corralones, deben inscribirse en el Régimen de Información
de Empresas Constructoras de A.R.B.A. (ExRentas de la Provincia de Buenos Aires).
Asimismo, deben informar, periódicamente, las obras en curso o sus operaciones,
según sean constructoras o corralones. Para ampliar la información, remitirse a
la Carta de
Noticias nº 265.