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Usted puede ingresar la PALABRA o el TEMA sobre el que desea informarse y podrá encontrar, en nuestra base de datos de más de 500 Cartas de Noticias, el análisis y la investigación pertinente, llevados a cabo por nuestros profesionales en forma interdisiplinaria (abogados, contadores y especialistas en sistemas).

viernes, 28 de julio de 2017

704/17 NOVEDADES IMPOSITIVAS

                            Carta de Noticias Nro. 704/17

NOVEDADES IMPOSITIVAS

I.        Por RG AFIP 4096-E a partir del 01/08/2017, queda derogado el Registro de operaciones Inmobiliarios - RG 2820 – para inmuebles rurales, y se establece la obligatoriedad para los propietarios y/o terceros usufructuarios de tierras rurales explotadas de inscribirse, en el “Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas”, a través del servicio disponible en la web de la AFIP, para lo cual se requiere utilizar la clave fiscal con Nivel de Seguridad 3. 
II.        Son requisitos tener registrados en la AFIP los datos biométricos e informar al menos una dirección de correo electrónico y un número de teléfono particular.
III.        Los responsables deben informar la totalidad de los inmuebles afectados al cultivo de granos y semillas -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-, como así también los inmuebles afectados a la subcontratación.
IV.        El empadronamiento se realiza ingresando a los módulos:
a)    empadronamiento de domicilio”, donde, entre otros datos, se solicita la remisión electrónica en formato “pdf” del título de propiedad y la última boleta vencida del impuesto inmobiliario de cada inmueble; y

viernes, 21 de julio de 2017

703/17 LABORAL. PROTECCION DE LA MATERNIDAD

  Carta de Noticias Nro. 703/17

LABORAL. PROTECCION DE LA MATERNIDAD

      I.        Por la presente les acercamos un breve análisis de los derechos y obligaciones que la Ley de Contrato de Trabajo concede a toda mujer trabajadora durante la maternidad.
     II.        En su artículo 177 la LCT, establece que las trabajadoras tienen derecho a gozar de una licencia por maternidad remunerada de 90 días, pudiendo optar por tomar 45 días de licencia antes del parto y 45 días después del parto. Tales periodos son móviles a elección de la madre, siendo obligatorio tomarse antes del parto por lo menos 30 días, acumulando en ese caso los 60 días restantes luego del parto.
    III.        En caso de parto prematuro, la trabajadora tiene derecho a los 90 días de licencia de maternidad después del parto.
  IV.        Con el fin de hacer uso de este permiso, se debe notificar al empleador del embarazo mediante la presentación de un certificado médico que indique la fecha prevista para el parto. Asimismo, posteriormente, debe notificar como se hará uso de los 90 días de licencia que le corresponden llegado el momento.

martes, 18 de julio de 2017

701/17 PERSONAL DE CASAS PARTICULARES

  Carta de Noticias Nro. 701/17

PERSONAL DE CASAS PARTICULARES

  1. El personal de casas particulares obtuvo un aumento de los sueldos mínimos para este año de 22% que se abona en 2 cuotas.
  2. El 1º aumento es del 10% retroactivo al 1° de junio, a lo que debe sumarse un ajuste de 2 % de recomposición salarial de 2016, por lo que el alza total alcanza al 12% que impacta en el cálculo del medio aguinaldo de junio.
  3. En tanto, el 2º aumento se hará efectivo en diciembre y será también del 12%.
  4. Asimismo, se elevó el porcentaje por zona desfavorable de 15% al 20%. Este plus se paga en Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, La Pampa y el partido bonaerense de Carmen de Patagones.

viernes, 14 de julio de 2017

702/17 SOCIEDADES


  Carta de Noticias Nro. 702/17

SOCIEDADES

  1. La Inspección General de Justicia (C.A.B.A.) mediante RG 05/2017 estableció un procedimiento diferenciado para los trámites de constitución y un procedimiento especial de intervención y rúbrica de libros rúbrica para las sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.) que soliciten su inscripción bajo la modalidad de trámite urgente. 
  2. Por medio de este procedimiento las constituciones de S.R.L. quedan inscriptas, en caso de no ser objeto de observaciones, en un plazo de 24 hs, a contar desde su presentación.

702/17 SOCIEDADES

  Carta de Noticias Nro. 702/17

SOCIEDADES

  1. La Inspección General de Justicia (C.A.B.A.) mediante RG 05/2017 estableció un procedimiento diferenciado para los trámites de constitución y un procedimiento especial de intervención y rúbrica de libros rúbrica para las sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.) que soliciten su inscripción bajo la modalidad de trámite urgente. 
  2. Por medio de este procedimiento las constituciones de S.R.L. quedan inscriptas, en caso de no ser objeto de observaciones, en un plazo de 24 hs, a contar desde su presentación.
  3. Con el mismo trámite de constitución la IGJ hace entrega a la sociedad asignada de la CUIT. Para lo cual, como requisito excluyente, junto con la documentación correspondiente para iniciar el trámite de constitución, se debe presentar copia del Formulario 185 de la AFIP y de la constancia de su presentación ante dicho organismo.