Carta
de Noticias Nro. 702/17
SOCIEDADES
- La Inspección General de Justicia (C.A.B.A.)
mediante RG 05/2017 estableció un procedimiento
diferenciado para los trámites de constitución y un procedimiento especial
de intervención y rúbrica de libros rúbrica para las sociedades de responsabilidad
limitada (S.R.L.) que
soliciten su inscripción bajo la modalidad de trámite urgente.
- Por medio de este procedimiento las constituciones de S.R.L.
quedan inscriptas, en caso de no ser objeto de observaciones, en un plazo de 24 hs, a contar
desde su presentación.
- Con el mismo trámite de constitución la IGJ
hace entrega a la
sociedad asignada de la CUIT.
Para lo cual, como requisito excluyente, junto con la documentación
correspondiente para iniciar el trámite de constitución, se debe presentar
copia del Formulario 185
de la AFIP y de la constancia de su presentación ante dicho organismo.
- Para completar el Formulario
185 de AFIP, se debe bajar el aplicativo SIAP de la página
web del organismo y luego, a través del módulo RNS (Registro
Nacional de Sociedades), proceder a cargar los datos en el formulario
respectivo. Una vez finalizada la carga, se debe generar el archivo para transferencia
electrónica de datos. El envío del formulario o transferencia
electrónica se efectúa a través de la página web de AFIP a la que se
accede con CUIT y clave fiscal. Para realizar dicho envío, es
necesario adherir previamente al servicio, ingresando al Administrador
de Relaciones de Clave Fiscal y seleccionando "AFIP" y luego
"IGJ - Inscripción de Sociedades - Presentación de declaraciones
juradas". El sistema genera una validación que puede demorar
hasta una hora. El sistema procede a notificar la finalización de la
validación a través del buzón de notificaciones y de la
e-ventanilla. Si la validación fue exitosa, se debe imprimir la
constancia de la transferencia electrónica que debe acompañarse junto con
el Formulario 185 al momento de presentar el trámite de constitución.
- Asimismo, la IGJ simultáneamente con la
constitución y la entrega de la CUIT procede a entregar a la S.R.L. los libros diario, inventario y
balances, y actas de reuniones de gerentes y socios, con las rúbricas correspondientes
(obleas de seguridad), los cuales pueden ser retirados por mesa de
entradas del área de Intervención y Rúbrica de Libros, por el
representante legal o persona autorizada en el instrumento constitutivo, a
partir del día hábil siguiente a la presentación del trámite de
constitución, debiendo exhibir la correspondiente certificación de
inscripción y DNI.
………………..
- Por Ley": white; color: #666666; font-family: "Tahoma","sans-serif"; font-size: 9.5pt;"> 27290,
se modificó la ley general de sociedades en lo relativo al número de
integrantes de los órganos de administración (directorio) y fiscalización
(sindicatura) de las sociedades anónimas unipersonales (SAU),
pudiendo éstas conformar, a partir de ahora, un directorio unipersonal
y una sindicatura compuesta por un síndico titular y uno suplente.
- Recordamos que las principales
características de las Sociedades Anónimas Unipersonales,
son:
Ø Pueden
estar formadas por un solo accionista (persona física o jurídica).
Ø El capital
social mínimo de una SAU es $ 100.000 y debe estar completamente
suscripto e integrado al momento de su constitución.
Ø Se encuentran
sujetas a fiscalización estatal permanente, teniendo las obligaciones:1)
para poder pagar dividendos anticipados o provisionales, debe informar su decisión a la
IGJ dentro de los 10 días hábiles de adoptada, presentando ciertos
documentos para explicar y sustentar dicha resolución; y 2) con una
anticipación no menor a 15 días hábiles a la fecha fijada para la celebración
de la asamblea general ordinaria de accionistas convocada para
considerar los estados contables anuales, la sociedad debe informar a la IGJ la
próxima realización de la asamblea, presentando una copia de los
estados contables a considerar. Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la
realización de la asamblea, la sociedad debe también informar el resultado de la misma
y acompañar una nueva copia de los estados contables en caso que los mismos
hayan sido modificados por los accionistas.
- Para más información
sobre las Sociedades Anónimas Unipersonales ver carta de noticias Nº 623.
Buenos
Aires, 14 de julio de 2017.
Dr. Ramirez Miguel Angel
Contador Publico U.B.A.
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