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lunes, 25 de junio de 2018

746/18 LABORAL. EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR JUBILACION. REFORMA ARTICULOS 252 Y 253 LCT

                                Carta de Noticias Nro. 746/18


LABORAL. EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR JUBILACION. REFORMA ARTICULOS 252 Y 253 LCT

      I.        Mediante la sanción de la Ley 27.426  de Reforma Previsional, se modificó, por una parte, el artículo 252 de la LCT que se refiere a la extinción del  contrato de trabajo por jubilación; y por la otra se agregó un párrafo adicional al texto del artículo 253 de la LCT que se refiere al despido del trabajador jubilado.
     II.        Antes de la reforma de la Ley 27.426, el artículo 252 de la LCT establecía que cuando el trabajador reunía los requisitos para obtener la PBU (Prestación Básica Universal) podía ser intimado por su empleador a iniciar el trámite respectivo de jubilación, y una vez obtenido el beneficio por el trabajador o transcurrido el plazo de 1 año, el empleador podía extinguir el contrato de trabajo sin obligación de pagar indemnización alguna.