Carta de
Noticias Nro. 756/18
SISTEMA
PERFIL DE RIESGO-AFIP (SIPER)
I.
El
Sistema
de Perfil de Riesgo (SIPER), creado por AFIP, es un
sistema informático que califica a los contribuyentes, mediante la realización
de procesos de evaluación mensuales, en base al cumplimiento de sus deberes
formales y materiales, concediendo o limitando
los beneficios
vinculados con la recaudación, devolución y/o transferencias de impuestos y
recursos de la seguridad social, según el
caso de que se trate.
II.
De allí que es fundamental que cada contribuyente se
mantenga con el menor riesgo posible de manera de
acceder a mejores beneficios.
……………………
III.
Para la evaluación lo que AFIP tiene en
cuenta son las siguientes situaciones:
Ø Incumplimiento
de pago.
Ø Cuotas
impagas en planes de facilidades vigentes o caducidades.
Ø Falta
de presentación de declaraciones juradas o presentaciones de IVA sin
movimiento.
Ø Reiterados
cambios de domicilio o su estado.
Ø Falta
de adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico.
Ø Factur as apócrifas.
Ø Relación
débito/crédito alejada de los parámetros de la actividad.
Ø Quiebra
declarada o en trámite.
Ø Concurso
preventivo.
Ø Procesos
judiciales o causas penales.
Ø Fiscalización
con ajustes significativos sobre los impuestos declarados.
Ø
Inclusión en la central de deudores del BCRA.
- La evaluación se
realiza mensualmente y de acuerdo con el comportamiento observado
se asignará alguna de la siguientes 5 categorías:
Ø Categoría
A: Muy Bajo
Ø Categoría
B: Bajo
Ø Categoría
C: Medio y Nuevas Altas
Ø Categoría
D: Alto
Ø Categoría
E: Muy Alto
- Los contribuyentes y/o
responsables con una antigüedad inferior a 6 meses, en
caso de inicio o reinicio de actividad, son categorizados con la
letra “C”.
- Para conocer la categoría
asignada, se puede ingresar a http://www.afip.gob.ar. a través del servicio
“Sistema Registral” opción “Trámites/SIPER”, utilizando la correspondiente
Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 como mínimo.
- A los efectos de saber
que categoría tiene cada contribuyente es necesario cumplir con los
siguientes requisitos:
Ø Constituir
y/o mantener actualizado el domicilio fiscal electrónico.
Ø Tener
actualizado en el “Sistema Registral” el código relacionado con la actividad realizada.
Ø Informar
una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular, ingresando
con Clave Fiscal al servicio “Sistema Registral” menú “Registro Tributario”,
opción “Administración de e-mails” y “Administración de teléfonos”.
Ø Poseer
la CUIT con estado administrativo activo sin limitaciones.
Ø Disponer
de un impuesto con estado administrativo activo y vigente.
- En caso de que la categoría
que otorgue el SIPER a los contribuyentes no coincida con la realidad, la
misma puede ser observada por aquellos mediante la presentación de una solicitud
de reconsideración, por período mensual calendario, ingresando a la
página web de la Administración, través del servicio “Sistema Registral”
opción “Trámites/SIPER”, seleccionando “Solicitud de Reconsideración”.
- Dentro de los 7 días
corridos de efectuada la solicitud de reconsideración,
se realiza un nuevo proceso con la información actualizada y el sistema
emite la categoría resultante, información que llega al Domicilio Fiscal
Electrónico declarado.
- Los contribuyentes categorizados
con la letra “C”, no pueden realizar la solicitud de
reconsideración hasta el cumplimiento del plazo de antigüedad de 6 meses
previsto para obtener una nueva categorización.
Dr. Ramirez Miguel Angel
Contador Publico U.B.A.
Buenos Aires, 07 de Septiembre
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