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viernes, 7 de septiembre de 2018

756/18 SISTEMA PERFIL DE RIESGO-AFIP (SIPER)

Carta de Noticias Nro. 756/18
                       
SISTEMA PERFIL DE RIESGO-AFIP (SIPER)
      I.        El Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER), creado por AFIP, es un sistema informático que califica a los contribuyentes, mediante la realización de procesos de evaluación mensuales, en base al cumplimiento de sus deberes formales y materiales, concediendo o limitando los beneficios vinculados con la recaudación, devolución y/o transferencias de impuestos y recursos de la seguridad social, según el caso de que se trate.
     II.        De allí que es fundamental que cada contribuyente se mantenga con el menor riesgo posible de manera de acceder a mejores beneficios.

……………………
    III.        Para la evaluación lo que AFIP tiene en cuenta son las siguientes situaciones:
Ø  Incumplimiento de pago.
Ø  Cuotas impagas en planes de facilidades vigentes o caducidades.
Ø  Falta de presentación de declaraciones juradas o presentaciones de IVA sin movimiento.
Ø  Reiterados cambios de domicilio o su estado.
Ø  Falta de adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico.
Ø  Factur            as apócrifas.
Ø  Relación débito/crédito alejada de los parámetros de la actividad.
Ø  Quiebra declarada o en trámite.
Ø  Concurso preventivo.
Ø  Procesos judiciales o causas penales.
Ø  Fiscalización con ajustes significativos sobre los impuestos declarados.
Ø  Inclusión en la central de deudores del BCRA.
  1. La evaluación se realiza mensualmente y de acuerdo con el comportamiento observado se asignará alguna de la siguientes 5 categorías:
Ø  Categoría A: Muy Bajo
Ø  Categoría B: Bajo
Ø  Categoría C: Medio y Nuevas Altas
Ø  Categoría D: Alto
Ø  Categoría E: Muy Alto
  1. Los contribuyentes y/o responsables con una antigüedad inferior a 6 meses, en caso de inicio o reinicio de actividad, son categorizados con la letra “C”.
  2. Para conocer la categoría asignada, se puede ingresar a http://www.afip.gob.ar. a través del servicio “Sistema Registral” opción “Trámites/SIPER”, utilizando la correspondiente Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 como mínimo.
  3. A los efectos de saber que categoría tiene cada contribuyente es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Ø  Constituir y/o mantener actualizado el domicilio fiscal electrónico.
Ø  Tener actualizado en el “Sistema Registral” el código relacionado con la actividad realizada.
Ø  Informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular, ingresando con Clave Fiscal al servicio “Sistema Registral” menú “Registro Tributario”, opción “Administración de e-mails” y “Administración de teléfonos”.
Ø  Poseer la CUIT con estado administrativo activo sin limitaciones.
Ø  Disponer de un impuesto con estado administrativo activo y vigente.

  1. En caso de que la categoría que otorgue el SIPER a los contribuyentes no coincida con la realidad, la misma puede ser observada por aquellos mediante la presentación de una solicitud de reconsideración, por período mensual calendario, ingresando a la página web de la Administración, través del servicio “Sistema Registral” opción “Trámites/SIPER”, seleccionando “Solicitud de Reconsideración”.
  2. Dentro de los 7 días corridos de efectuada la solicitud de reconsideración, se realiza un nuevo proceso con la información actualizada y el sistema emite la categoría resultante, información que llega al Domicilio Fiscal Electrónico declarado.
  3. Los contribuyentes categorizados con la letra “C”, no pueden realizar la solicitud de reconsideración hasta el cumplimiento del plazo de antigüedad de 6 meses previsto para obtener una nueva categorización.

                                           Dr. Ramirez Miguel Angel
Contador Publico U.B.A.



                                                               Buenos Aires,  07 de Septiembre

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