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martes, 17 de octubre de 1995

Ciudadela, 17 de Octubre de 1995
Circular Numero 62/95
Asunto: Tarjetas  de Créditos
Por un motivo o por otro, cada vez mas pequeñas empresas se ven obligadas a operar   con   Tarjetas de Crédito.
Lo cual trae aparejado cierto grado de complicación administrativa,.   ciertas obligaciones fiscales, ciertos documentos de los que ud .debe tener preciso conocimiento par-a   proceder como corresponde.
A continuación detallamos los que nos parecen mas impor­tantes;
O1 ) La dirección general Impositiva impone que, al   efectuar una .operación con tarjeta de crédito, ud. debe dejar indicado; A> En la factura, el nombra   de la tarjeta y el Nro„ de
cupón utilizado B) En el cupón, el Nro, de factura y el Nro de CUIT de la empresa,
02} Verifica Ud. que La presentación   de los cupones, al    co­bro, se efectúa en forma inmediata, dentro de ]os plazos previstas por la tarjeta?

03} Controla la vigencia de la tarjeta y pide la autorizaciónn pertinente?
04} Si opera mucho con tarjetas, pensó en I a posibilidad de abonarse a las empresas que le facilitan 1a   máquina lectora sin necesidad de consultar cada una de las carti­llas?. En volúmenes importantes merece ser considerada»
05} Tiene ud- la precaución de tomar el telefono del clien­te?,
0¿>) Ha tenido demasiados rechazos de tarjetas?'» En caso afirmativo; tomó los recaudos del caso?,
07} Controla la acreditación e-n   tiempo de los cupones pre­sentados?'

O8) Desde el_ punto de vista contable:
A) Discrimina en contabilidad, "tarjetas a presentar" de "tarjetas presentadas"
B) Concilia los saldos de esas cuentas y verifica que* "tiendan a cero" ,
C) El descuento que se efectúa la a tarjeta, lo imputa contra la cuenta ventas o contra la cuenta descuen­tos concedidos?,
D)   Imputa todas las retenciones contra 3a cuenta Retenciones Impositivas?
^v >                                              Desde el  punto de vista impositivo;
A)  El descuento que le efectúan, lo deduce al momento de liquidar   el impuesto sobre los Ingresos Brutos?
B)  Las retenciones que ¿e efectúan en concepto de Ingresos Brutos, las descuenta al momento de liquidar dicho impuesto?
                      C)  Imputa el IVA del descuento contra la cuenta IVA Credito Fiscal?
D) Considera las disposiciones de la- R8 3419 en cuanto a discriminar debidamente en el libro ventas, el descuento sufrido, el IVA del mismo y las retencio­nes del caso?
E)    Las retenciones que le efectúan de impuesto a las ganancias, las considera al momento de pagar el saldos de DD JJ, para pagar, entonces, MEMOS impuesto.
F> Considera el IVA Crédito y el IVA retenido, a la hora de liquidar dicho Impuesto?
Creemos que  esto es lo más sustantivo a la hora de con­siderar todo lo referido a Tarjetas de Crédito. De surgir alguna duda, rogamos comunicarse con nosotros.
Agradecemos la   atención dispensada a la presente y lo saludamos con nuestra consideración más distinguida.

Dr: Ramírez Miguel Ángel
     Contador Público U.B.A


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