Buenos Aires, Noviembre de l.997.
Carta de Noticias Nro. 96/97.
Asuntos: AFJP.
Cuentas cerradas Banco Central.
Calendario de Vencimientos.
De nuestra mayor consideración:
Nos permitimos distraer su atención, para comentarle algunos asuntos
que consideramos de su interés.
A saber:
A) Administradoras de Fondos de Jub. Y Pensiones.
Se han producido algunas novedades en cuanto a este tema, que
intentaremos resumir brevemente.
0l) Desde ahora, los aportantes
indecisos serán repartidos entre las AFJP
con más bajas comisiones, con lo que el gobierno intenta inducir a la baja
general de comisiones.
02)
Hay que recordar que, para ejercer la opción, los trabajadores tienen
hasta 30 días de haber comenzado a trabajar.
03) La comisión que percibe la AFJP merece
especial atención, pues, en casos de salarios muy bajos, puede alcanzar hasta
el 50% del sueldo.
04) Las AFJP con comisiones más bajas, son: Profesión + Auge, Futura,
Generar y Ethika.
05) Los traspasos que se permiten, de
una a otra AFJP, son sólo dos por año
y siempre que se hayan realizado al menos 4 aportes a la que se abandona.
06) Algunos profesionales, abogados,
contadores, escribanos, quedan autorizados por la última reforma, a actuar como
agentes de afiliación.
07) Debe considerarse que los aportes
destinados a AFJP, han tenido una
rentabilidad anual promedio, del 20%, siendo que el último año la tuvieron del
28%. De modo que quienes siguen aportando al Régimen de Reparto o
estatal, tendrán un serio perjuicio a
la hora de obtener su jubilación.
08) Los trabajadores autónomos, tienen
tres categorías, según la frecuencia de sus aportes.
A
saber:
- Regulares, quienes tienen al menos 30 aportes en los últimos 36
meses.
- Irregulares pero con derecho al cobro de la jubilación por invalidez
y de la pensión por fallecimiento, quienes hayan efectuado l8 aportes durante los últimos 36 meses.
- Irregulares SIN DERECHO al
cobro de dichas pensiones y jubilaciones, quienes hayan aportado menos de l8
veces durante los últimos 36 meses.
Por lo tanto, sugerimos
prestar especial atención al aporte jubilatorio, pues de no efectuarlo, no se
perciben dichos beneficios.
09)
Debe considerarse que, según el D. L36/97, se considera que el aporte del trabajador autónomo es regular,
si se efectuó dentro del mes calendario.
10)
Aunque el rendimiento de su AFJP
sea magro, debe asegurarle, por lo menos, el 70% del rendimiento promedio del
sistema.
11)
En el régimen de las AFJP, se pueden
efectuar aportes VOLUNTARIOS, los que se deducen de impuesto a las ganancias y generan
luego una jubilación mejor. La mayoría de las AFJP no cobran comisión por dichos aportes de carácter voluntario.
12) Según las características que tenga
el aporte voluntario, con él se puede obtener una mejor jubilación, o bien, una
jubilación ANTES DE TIEMPO.
13) El aporte voluntario de los
trabajadores en relación de dependencia, se materializa efectuando más
descuentos en el recibo de haberes y depositándolos luego mediante el pago
habitual del SUSS.
14) Los aportes voluntarios no se
pueden retirar hasta que llegue el momento de jubilarse.
15) El gobierno ha dispuesto ahora que
las AFJP informen, en su resumen
cuatrimestral, la comisión que perciben TODAS las administradoras. Tal es la importancia
que la comisión tiene al momento de obtener el haber jubilatorio.
16) Algunas AFJP bonifican las comisiones, según la permanencia del afiliado,
en ,por ejemplo, l2, 24, 36 meses.
17) El aporte voluntario efectuado a
una AFJP no tributa Impuesto sobre
los Bienes Personales.
18) Un ejemplo de aporte voluntario. Un
trabajador, en relación de dependencia o independiente, con un sueldo de l.500
pesos y con 45años de edad si efectúa un aporte voluntario de l00 pesos por
mes, hasta el momento de su jubilación, obtiene una jubilación de l.438 pesos.
De no haber efectuado el aporte voluntario, su jubilación hubiese sido de l.l43
pesos.
19) Los trámites jubilatorios y los
reclamos ante el Anses, pueden efectuarse directamente en la AFJP.
20) El fondo de la AFJP
es INEMBARGABLE, si quiebra la AFJP , el fondo permanece
intacto.
2l) Los trabajadores autónomos que
opten por una AFJP, la primera vez
que se afilien a una de ellas, deben efectuarse una exámen médico en forma
gratuita.
22) Si el trabajador autónomo desea que
se le emita un listado de sus aportes, debe requerirlo ante la DGI. En cambio, los
trabajadores en relación de dependencia, deben solicitarlo en las delegaciones
del Anses, por ejemplo, en Paraná 45l, Córdo ba lll8,México 270 , General Paz
l0.658, Capital Federal.
23)
Sigue vigente la jubilación por edad avanzada, la que procede a los 70 años y
con l0 de afiliación.
24) Para los trabajadores en relación
de dependencia, la edad jubilatoria se ha ido extendiendo, hasta igualar a los
trabajadores independientes. Dicho corrimiento se cuenta de la siguiente
manera.
Año Hombres Mujeres.
1.994 62 57
1.996 63 58
1.998 64 59
2.00l 65 60
Con
lo que consideramos haber resumido aquello que consideramos de mayor interés,
para resolver con precisión y de un modo ventajoso, el tratamiento a otorgar a
los aportes jubilatorios. Y su destino. Para mayor información, le rogamos
comunicarse con nosotros.
B)
Cuentas cerradas Banco Central.
El Senado de la Nación
dio media sanción a un proyecto de ley que seguramente será aprobado por
Diputados, mediante el cual se establece la posibilidad de REABRIR UNA CUENTA CORRIENTE que haya sido cerrada por cheques
devueltos.
Esta posibilidad se otorga por UNICA
VEZ, a quienes no sean reincidentes en cierres de cuentas bancarias.
Para que sea efectiva la reapertura, el librador, el titular de la
cuenta, debe abonar una multa de 3.000 pesos y debió haber pagado previamente,
las multas que se aplican regularmente por cheques devueltos por falta de
fondos.
De lograrse pronto la aprobación de Diputados, quienes
dispongan de 3.000
pesos para abonar la multa, podrán entonces reabrir sus cuentas bancarias.
C) Calendario de vencimientos.
Ante la cantidad de vencimientos que se producen durante el mes y dado
que algunos de ellos han sufrido modificaciones en los últimos tiempos, nos
permitimos adjuntar a la presente un CALENDARIO DE VENCIMIENTOS
que, estimamos, le será de utilidad para el control de los pagos.
D) Nueva Central Telefonica
Finalmente informamos que hemos adquirido una nueva central telefónica,
gracias a lo cual, podrá usted llamarnos INDISTINTAMENTE a los tres números
en uso, o sea: 643-0763 - 643-0603 y 641-1430.
Y podremos darles señal de Fax
en las tres líneas.
Es todo por el momento.
Saludamos a Ud. Con nuestra consideración más distinguida y quedamos a sus
gratas órdenes.
Atte.
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
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