Carta de Noticias Nro. 153/03
Informamos
acerca de algunas novedades de índole impositiva:
01) La D.G .I. dispuso la implementación de una “Credencial Fiscal”, para acreditar la
condición de inscripción en distintos impuestos. Ahora ha prorrogado la
obligatoriedad de dicha Credencial para el 1ro. de Enero de 2.004.
02) Entre Mayo y Agosto del cte. año, las sociedades deben abonar el
Impuesto sobre los Bienes Personales de sus integrantes, ahora bajo
responsabilidad o en cabeza de las mismas, por el ejercicio fiscal 2.002. Hasta
el momento, no se dispuso el pago de anticipos para el año 2.003.
03) La Dirección General de Rentas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha aprobado el nuevo
procedimiento a aplicar para la traba de embargopreventivo sobre
inmuebles, cuentas bancarias y bienes registrables, para contribuyentes que
adeuden impuestos bajo su jurisdicción.
04) En los autos “Activa Mantenimiento s/inf. Ley 24.769” , la Cámara en lo Penal
Económico de Capital Federal dispuso hacer extensiva, al representante legal de
la sociedad, la responsabilidad de no ingresar aportes previsionales que fueren
retenidos al personal.
05) El Congreso Nacional está tratando el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo,
tendiente a:
A)
Establecer un régimen transitorio
y de control especial, de 6 meses, para quienes obtengan números de CUIT nuevos.
B)
Aumentar el monto de pago
mensual de los monotributistas.
C)
Crear el régimen de responsable
“eventual”, para los monotributistas que no operen los 12 meses del
año.
D)
Justificar en impuesto a las
ganancias, los fondos originados en los llamados “paraísos fiscales”, entre
los que podría incluirse la vecina
República Oriental del Uruguay.
E)
Autorizar a los inspectores de DGI
a actuar
como clientes ficticios de un comercio, para controlar la emisión de
facturas.
F)
Crear una calificación de los
contribuyentes, incluyendo la categoría “de riesgo”, según su conducta
fiscal.
06) En estos días, han retornado los procedimientos de allanamiento, por
parte de personal de la D.G .I.
conjuntamente con Gendarmería Nacional, en la búsqueda de facturas apócrifas.
Se han allanado diversos comercios, hipermercados y empresas del espectáculo.
07) Recordamos que las ventas a la Pcía. de Tierra del Fuego revisten el
mismo carácter que una operación de exportación y, por lo tanto, deben efectuarse
mediante facturas “E”, que se informan, a su vez, mediante un formulario 446/C
con la leyenda “Operaciones de Exportación”.
La factura debe
contener la razón social del cliente, su domicilio y la C.U .I.T. si se trata de Tierra
del Fuego, o bien la Clave
de Identificación impositiva del país de domicilio del cliente, si es un envío
al exterior. En dichas facturas se debe indicar “IVA exento, operación de
exportación”.
08) El Gobierno de la Pcía.
de Bs. As. lleva a cabo una intensísima campaña de emisión de intimaciones,
la mayoría de las cuales con un tenor sumamente hiriente y agresivo. Además, ha
llevado a cabo, por primera vez en 25 años, los primeros remates de inmuebles,
por falta de pago de impuestos. El primer inmueble rematado ha sido
una vivienda en Necochea, cuyo propietario tiene 73 años de edad.
Cordialmente.
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
Buenos Aires, 5 de julio de 2003
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