Inicio

Usted puede ingresar la PALABRA o el TEMA sobre el que desea informarse y podrá encontrar, en nuestra base de datos de más de 500 Cartas de Noticias, el análisis y la investigación pertinente, llevados a cabo por nuestros profesionales en forma interdisiplinaria (abogados, contadores y especialistas en sistemas).

sábado, 5 de julio de 2003

153/03 Ventas a Tierra del Fuego

Carta de Noticias Nro. 153/03


                                              

            Informamos acerca de algunas novedades de índole impositiva:



01)  La D.G.I. dispuso la implementación de una “Credencial Fiscal”, para acreditar la condición de inscripción en distintos impuestos. Ahora ha prorrogado la obligatoriedad de dicha Credencial para el 1ro. de Enero de 2.004.

02)  Entre Mayo y Agosto del cte. año, las sociedades deben abonar el Impuesto sobre los Bienes Personales de sus integrantes, ahora bajo responsabilidad o en cabeza de las mismas, por el ejercicio fiscal 2.002. Hasta el momento, no se dispuso el pago de anticipos para el año 2.003.

03)  La Dirección General de Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha aprobado el nuevo procedimiento a aplicar para la traba de embargopreventivo sobre inmuebles, cuentas bancarias y bienes registrables, para contribuyentes que adeuden impuestos bajo su jurisdicción.

04)  En los autos “Activa Mantenimiento s/inf. Ley 24.769”, la Cámara en lo Penal Económico de Capital Federal dispuso hacer extensiva, al representante legal de la sociedad, la responsabilidad de no ingresar aportes previsionales que fueren retenidos al personal.

05)  El Congreso Nacional está tratando el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, tendiente a: 
A)    Establecer un régimen transitorio y de control especial, de 6 meses, para quienes obtengan números de CUIT nuevos.
B)    Aumentar el monto de pago mensual de los monotributistas.
C)    Crear el régimen de responsable “eventual”, para los monotributistas que no operen los 12 meses del año.
D)    Justificar en impuesto a las ganancias, los fondos originados en los llamados “paraísos fiscales”, entre los que podría  incluirse la vecina República Oriental del Uruguay.
E)     Autorizar a los inspectores de DGI a actuar como clientes ficticios de un comercio, para controlar la emisión de facturas.
F)     Crear una calificación de los contribuyentes, incluyendo la categoría “de riesgo”, según su conducta fiscal.

06)  En estos días, han retornado los procedimientos de allanamiento, por parte de personal de la D.G.I. conjuntamente con Gendarmería Nacional, en la búsqueda de facturas apócrifas. Se han allanado diversos comercios, hipermercados y empresas del espectáculo.

07)  Recordamos que las ventas a la Pcía. de Tierra del Fuego revisten el mismo carácter que una operación de exportación y, por lo tanto, deben efectuarse mediante facturas “E”, que se informan, a su vez, mediante un formulario 446/C con la leyenda “Operaciones de Exportación”.
La factura debe contener la razón social del cliente, su domicilio y la C.U.I.T. si se trata de Tierra del Fuego, o bien la Clave de Identificación impositiva del país de domicilio del cliente, si es un envío al exterior. En dichas facturas se debe indicar “IVA exento, operación de exportación”.

08)  El Gobierno de la Pcía. de Bs. As. lleva a cabo una intensísima campaña de emisión de intimaciones, la mayoría de las cuales con un tenor sumamente hiriente y agresivo. Además, ha llevado a cabo, por primera vez en 25 años, los primeros remates de inmuebles, por falta de pago de impuestos. El primer inmueble rematado ha sido una vivienda en Necochea, cuyo propietario tiene 73 años de edad.

Cordialmente.

                                        
                                                    

                                  
Dr: Ramírez Miguel Ángel
     Contador Público U.B.A




Buenos Aires, 5 de julio de 2003
                                           






No hay comentarios:

Publicar un comentario