Carta de
Noticias Nº 92/97.
Buenos Aires, Septiembre 97.
RADICACION DE EXTRANJEROS Y LA OBTENCION
DE LIBRETA SANITARIA.
Hay dos temas , la
radicación y la obtención de la libreta sanitaria, sobre los que somos
consultados regularmente.
Hemos analizado ambos, revisado la legislación
vigente y preparado esta breve síntesis, para brindar a Ud. una información
sencilla al respecto.
A)- RADICACIÓN DE EXTRANJEROS:
- El extranjero debe concurrir
a la Dirección
Nacional de Migraciones con certificado de
conducta o antecedentes penales del país donde estuvo radicado los últimos
cinco años.
- Debe exhibir constancia de
ingreso al país, como por ejemplo la tarjeta de ingreso o el pasaporte.
- El trámite es sencillo, puede
hacerse personalmente sin necesidad de intervención de gestor alguno.
- Si Ud. emplea indocumentados,
piense que los mismos no tienen cobertura de salud, de educación por carecer de
documentos, suelen vivir en hacinamiento sin beneficio alguno de jornada
laboral, vacaciones, etc.
- Para quienes ocupen personal
doméstico indocumentado, les cabe una multa de 200 pesos además del reclamo por
aportes no ingresados de parte de D.G.I..
- Si la radicación ( temporaria o definitiva) es por razones
laborales, Ud. debe proveer al indocumentado: copia del libro de sueldos,
inscripción en D.G.I., constancias de
aportes al S.U.S.S., contrato de
trabajo SUPEDITADO, CONDICIONADO a la abstención de la residencia.
- Debe Ud. considerar que la
residencia precaria es provisoria, transitoria, hasta la obtención de la
residencia definitiva.
- Considere también que tiene que tener
presente la fecha en que vence la residencia TEMPORARIA para exigir a su
empleado extranjero la pertinente renovación.
- Por último, tenga en cuenta que
la gestión comienza en una ESCRIBANIA,
de las que están facultadas para tales trámites y luego prosigue en la Dirección Nacional
de Migraciones, sita en la
Avda. Antártida Argentina 1355, donde puede comunicarse
también para recabar información, llamando al 0-600-1-2684.
B) LIBRETA SANITARIA:
- Tanto el personal como el propietario
de negocios relacionados con la gastronomía o elaboración de comidas o pastas o
venta de productos perecederos, están obligados a obtener la Libreta Sanitaria ,
en un hospital de la zona.
- Así lo disponen las Direcciones de Bromatología Municipales.
- Al solicitante se le efectúan
análisis de sangre, orina, examen clínico y radiografía de tórax.
- El trámite es bien simple y nada
obsta para hacerlo, obtener la libreta, RENOVARLA A TIEMPO, de modo de cumplir
con las normas municipales y evitar multas por infracción.
Sin más, saludamos a Ud. muy atentamente.
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
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