Buenos Aires, 28 de marzo de 2003
Carta de Noticias Nro. 151/03
Novedades de carácter impositivo
01) Se ha promulgado la
Ley Nro. 25.730 que dispone nuevas multas ante el rechazo de
cheques, por falta de fondos suficientes o defectos formales. La multa
asciende al 4% del valor del cheque, con un mínimo de $ 100 y un máximo de $
50.000. Si el cheque es cancelado dentro de los 30 días del rechazo, la multa
se reduce a la mitad. Ante la imposibilidad de debitar la multa en cuenta
corriente, se procede a su inhabilitación.
02) Se ha dictado la R. G.
207, disponiendo la devolución de I.V.A. para quienes
efectúen sus compras con tarjetas de crédito. 2.48% para las compras en
general y 1.47% para combustible. Los consumos no pueden superar 1.000 pesos al
mes. Rige, por un año, desde el 1ro. de Abril. No alcanza a las compras por
débito bancario.
03) La D.G .I. planea enviar a los comercios, inspectores “de incógnito”, que
simulen una compra y esperen el tiquet. Si no le fuere entregado, estarían en
condiciones de labrar un acta de infracción.
04) Los créditos morosos pueden deducirse de
impuesto a las ganancias sin que se hayan iniciado acciones judiciales de
cobranza en la medida en que: A) No supere $ 1.500. B) Tengan una morosidad
superior a 180 días. C) Se haya dejado
de operar con el deudor. Del mismo modo y hasta el 31/12/03, se pueden deducir
cuentas de montos superiores, sin iniciar acciones judiciales, mientras se
hayan iniciado acciones extrajudiciales para el cobro
05) Los comprobantes clase “C” deben
imprimirse, desde el 1ro. de Abril, comenzando con el código 0001 y ya no 0000.
Los comprobantes 0000 en uso pueden utilizarse hasta agotar el stock. Los
nuevos comprobantes comenzarán a numerarse desde 00000001. El nuevo código ( 0001 ) deberá ser informado
a la AFIP
mediante Form. 446/C.
06) Los remitos “X” están alcanzados por las
mismas disposiciones indicadas para los comprobantes clase “C”.
Cordialmente.
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
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