Carta de Noticias Nro. 273/06
Novedades Impositivas
A continuación comentamos las
últimas novedades de orden impositivo. A saber:
1)
La Afip ha especificado los plazos
en que se deben emitir y entregar las facturas y demás comprobantes que
respaldan cada operación, según el siguiente detalle:
Operación
|
Fecha límite de
emisión
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Plazo de entrega
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Compraventa de
cosas muebles
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Último día del mes calendario en que se entrega la cosa o se pone a
disposición del comprador.
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Locaciones y prestaciones de obras y servicios
|
Día en que se concluya la
prestación, o en que
se perciba el precio, el que fuera
anterior.
|
|||
Servicios Continuos
|
Último día de cada mes calendario o
cuando
se reciba el precio, si fuera anterior.
|
|||
Locaciones de cosas
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Fecha de vencimiento fijada para el
pago
de cada período
|
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Anticipos que fijan precio
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Día en que se percibe el importe del anticipo
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Servicios Públicos
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Fecha del primer vencimiento fijado para su pago
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Hasta la fecha del primer vencimiento
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Pesaje de productos agropecuarios
|
Día en que se realice la operación de pesaje
|
En el acto de realizarse el pesaje
|
2)
Cuando dichas operaciones sean
realizadas con consumidores finales, la entrega de
la factura deberá realizarse cuando se verifique la entrega de la cosa o su
puesta a disposición del comprador, o cuando se concluya la prestación, en el
caso de servicios.
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3)
Respecto al régimen de Convenio
Multilateral, se ha dispuesto que, a los efectos de obtener el coeficiente anual
de distribución de ingresos, los ingresos y gastos computables deberán
ser considerados netos de devoluciones, bonificaciones u otros conceptos
similares, con independencia del momento en que tales hechos se produzcan.
4)
En el mismo orden, se ha dispuesto
que, los
gastos de transporte deben ser distribuídos por partes iguales entre
las jurisdicciones en las que se realiza el transporte, considerando cada una
de las operaciones.
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5)
En los casos de publicidad en
internet, corresponde aplicar la alícuota reducida
del Iva, del 10.5%, cuando los contribuyentes se encuandren como pequeñas o
medianas empresas editoras, es decir, cuando realicen ediciones de diarios,
revistas y periódicos en general o realicen la locación de espacios
publicitarios.
6)
La venta de maquinaria usada se
encuentra gravada en el impuesto al valor agregado a la alícuota
general del 21%. Pero si se trata de aquellos bienes expresamente detallados
por la ley (aire acondicionados, refrigeradores, balanzas, etc), corresponderá
aplicar la alícuota reducida del 10.5%, independientemente de la condición
frente al impuesto que revista el comprador.
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7)
Se ha prorrogado a los cierres de
ejercicios operados en los meses de marzo y abril de 2006, la opción de utilizar el
Aplicativo “Ganancias Sociedades – V 6.0” , para los casos en que los
ingresos superen el millón de pesos. Asimismo se establecen nuevos vencimientos
para la presentación complementaria del aplicativo “Personas Jurídicas – V 7.99” para ejercicios
cerrados de diciembre/05 a febrero/06.
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8)
Rentas de la Provincia de Buenos
Aires ha prorrogado hasta el 3 de octubre la obligación de obtener el Código
de Operación de Traslado requerido para el transporte de bienes en el
territorio de la provincia, para aquellos contribuyentes con ingresos del año
anterior, atribuíbles a la provincia, inferiores a $5.000.000. (Por el momento
se encuentran obligados los transportistas de combustibles y de ganado y
productos cárnicos).
9)
Se establece, además, la posibilidad
de gestionar telefónicamente el mencionado Código de Operación de
Traslado, cuando los ingresos obtenidos en el año calendario anterior,
atribuibles a la Provincia ,
hubiesen sido inferiores a $144.000.
10) Por su parte, la justicia bonaerense ordenó a la Dirección Provincial
de Rentas abstenerse de decomisar mercaderías por dicho procedimiento,
aunque avaló la realización de controles para verificar el cumplimiento del
Código de Operación de Traslado.
11) Rentas ha dispuesto, a su vez, un cronograma que estipula las fechas a
partir de las cuales, para cada actividad, regirá la obligación de contar con
el mencionado Código de Traslado, siendo que a partir de enero de 2007, dicha
obligación abarcará el transporte de todos los productos, sin
distinción de rubro o actividad.
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12) A partir del mes de Julio de 2006 se han incrementado las tasas de interés
resarcitorio, del 1,5% al 2%, y de interés punitorio, del 2% al 3%,
aplicados por la Afip
para el pago de deudas impositivas y de la seguridad social.
Cordialmente
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
Bs. As., 25 de Agosto de 2006
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