Carta de Noticias Nro. 357/08
Comercio Exterior, Oportunidades
1)
Las personas que ingresen
al país, fondos, del exterior, que superen los U$S 50.000, deben
informarlo a la A.F .I.P.
2)
Los fondos comprendidos son los
que provienen
de
determinadas transacciones, tales como inversiones, préstamos y
garantías.
3)
La información, debe ser
transmitida a la A.F .I.P.,
a través de su página web, mediante el Aplicativo “Régimen Informativo
de Mercado Cambiario”
4)
La obligación de informar es
mensual, y se genera a partir de la primera
operación alcanzada por la normativa.
5)
De no registrarse operaciones
alcanzadas, el contribuyente debe efectuar la presentación “Sin movimiento”. Luego
de tres presentaciones sucesivas “Sin movimiento”, éste deja de estar obligado
a informar, hasta tanto vuelva a efectuar ingresos de fondos alcanzados.
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6)
Recientemente, se ha
modificado el procedimiento para obtener el Certificado de Validación de
Datos de Importadores (C.V.D.I.). Ahora, éste debe ser solicitado a
través de la página web de la A.F .I.P.
7)
También se establecieron nuevos
requisitos para solicitar este Certificado; entre otros: no registrar
deuda con la A.F .I.P.,
y estar incluido en el registro de importadores y exportadores.
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8)
Programa Primera Exportación
brinda asesoramiento gratuito especializado en Comercio Exterior, a Pequeñas y
Medianas Empresas. El objetivo es que las mismas
inicien la exportación de sus productos. Este programa también incluye un ciclo
de jornadas y conferencias de introducción a la exportación. Para más
información, ingresar al sitio www.primeraexportacion.com.ar
9)
Según los integrantes del Programa
Primera Exportación, uno de los errores más frecuentes que cometen las
empresas, al participar de una operación de Comercio Exterior, es la confección
de la Cotización. En ella, muchas veces se exhibe el
precio en forma aislada, sin considerar su alcance, validez y forma de cobro.
10)
Siguiendo con el punto anterior, es
importante que, en la Cotización ,
se mencionen, además del precio, los descuentos, los instrumentos y
plazos de pago, los intereses, la validez de la oferta (por variaciones del tipo de cambio y de los
precios de los insumos), etc..
11)
Una Cotización adecuada, no sólo
proporciona una mejor imagen, si no que cubre a las partes involucradas, de posibles
inconvenientes de orden legal; dado que, si la propuesta es
confeccionada y aceptada formalmente, las partes deben cumplir con el
compromiso tomado.
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12)
El I.N.T.I. brinda asistencia
técnica y capacitación a las Pymes. Una empresa
puede contratar a profesionales de este Instituto, para que hagan un
diagnóstico de la misma. El mismo contempla las áreas de administración,
finanzas, calidad, costos, control de la producción, tecnología, stock,
mercado, ventas y recursos humanos.
13)
El objetivo de este diagnóstico es
brindar
a la empresa un esquema de su situación actual y sugerir mejoras, y en
base a esto, organizar un plan de asistencia.
14)
En el Parque Tecnológico del I.N.T.I.,
se
capacita a empresarios, en un curso de 8 clases, en el que se ven
algunas de las técnicas de producción japonesas.
………………………………………….
15)
Cuando las importaciones tengan valores
inferiores al 95% de los determinados por la Dirección General
de Aduanas, ésta aplicará las percepciones del Impuesto al Valor
Agregado y del Impuesto a las Ganancias, con alícuotas diferenciales.
16)
La A.F .I.P. estableció un nuevo
procedimiento informático, para otorgar o
revocar autorizaciones a los despachantes de aduana. Esta
herramienta se denomina “Gestión de autorizaciones electrónicas” y se accede a
ella mediante la página web del mencionado Organismo.
17)
Aprovechamos la ocasión para
hacerle saber que incorporamos nuestro Estudio ha incorporado una nueva línea telefónica,
cuyo número es el 4644-1701. También le recordamos que el número 4643-0603
posee líneas rotativas.
Bs. As., 1º de
Septiembre de 2008
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
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