Carta de Noticias Nro. 374/09
Régimen
de Pasantías
1)
A
partir del 31/12/2008, se estableció un Nuevo Régimen de Pasantías. La
Ley que lo dispone es la nº 26.427, la cual deja sin efecto
los Regímenes que existían hasta ese momento.
2)
A
continuación, exponemos los Regímenes anteriores, y el nuevo, en forma comparativa.
Decreto nº
340/92
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Ley nº
25.165/99
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Ley nº
1.227/01
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Ley nº
26.427/08
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Secundario
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Universitario
y Terciario
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Secundario
y Universitario
|
Universitario,
Terciario, Secundario para Jóvenes y
Adultos y Formación Prof.
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No existe
vínculo laboral
|
No existe
vínculo laboral
|
No existe
vínculo laboral
|
Si la
empresa no cumple, existe relación laboral (A)
|
No hay
límite de edad
|
No hay
límite de edad
|
De
|
Mayores a
18 años
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Se puede
pagar una asignación
|
Se debe
pagar una asignación libre
|
Se debe pagar
asignación dispuesta por CCT
|
Se debe
pagar asignación dispuesta por CCT (B)
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Duración
máxima de 4 años.
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Duración:
de 2 meses a 4 años
|
Duración:
de 3 meses a 2 años
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Duración:
de 2 meses a un año, prorrogable por medio más.
|
De
|
No más de 6
horas diarias de trabajo
|
No más de 6
horas diarias de trabajo
|
No más de 4
horas diarias de trabajo
|
Debe tener
A.R.T.
|
Debe tener
A.R.T.
|
Debe tener
A.R.T.
|
Debe tener
A.R.T.
|
No hay
obligación de tener O.Social
|
No hay
obligación de tener O.Social
|
Debe tener
O.Social
|
Debe tener
O.Social
|
Hay cupos y
límites para las empresas
|
Hay cupos
máx. para las empresas, pero aún no fueron reglamentados (C)
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Consultar
Carta de Noticias nº 121/02
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A)
El
Ministerio de Trabajo debe controlar a las empresas que tomen pasantes a su cargo. Si la empresa no cumple
con los requisitos y características estipulados, se entiende que existe
contrato laboral por tiempo indeterminado, y corresponde la aplicación
de las sanciones e indemnizaciones inherentes a cualquier relación laboral no
declarada.
B)
La Asignación a abonar es no remunerativa, y se debe calcular sobre el
salario básico del C.C.T. de la empresa, proporcionándolo al horario trabajado.
El pasante tiene los mismos beneficios regulares y licencias que el resto del
personal (esto último no fue reglamentado aún)
C)
Los
cupos
máximos para las empresas, serán fijados por el Ministerio de Trabajo,
y serán proporcionales al tamaño de la empresa y a la cantidad de tutores que
ésta designe.
3)
Las
Unidades Educativas y las empresas, deben firmar un Convenio, en el que
conste:
a) Objetivos de la Pasantía.
b) Características de la
actividad.
c) Registro de asistencia y
licencias.
d) Duración.
e) Régimen de cobertura médica y
A.R.T.
f)
Planes
de capacitación tutorial.
4)
Asimismo,
el
estudiante debe firmar un Convenio individual con la empresa. El mismo
tiene que estar encuadrado dentro del Convenio entre la empresa y la unidad
educativa. En el Convenio individual debe figurar lo siguiente:
a) Apellido y nombre del pasante.
b) C.U.I.L.
c) Domicilio.
d) Datos de la empresa.
e) Plan de Pasantía.
f)
Duración.
g) Horarios, sede.
h) Monto de Asignación.
i)
Tareas.
j)
Licencias.
k) Apellido y nombre y CUIL o
CUIT de los tutores y docentes guías.
5)
El
docente guía y el tutor, deben elaborar un Plan, de manera conjunta, el cual
tiene que ser notificado al pasante y archivado en su legajo. Asimismo, el
docente y el tutor, deben emitir informes periódicos, que también deben ser
notificados y archivados.
6)
Los
Convenios existentes al inicio de la nueva normativa, deben adecuarse a las disposiciones
establecidas por la misma, dentro del período de 6 meses. No hay
obligación de adecuar el período de Duración.
….…..……………………………………
7)
Continúa
vigente el Decreto nº 266, del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el cual reglamenta el
Régimen de Pasantía, para los colegios secundarios, de dicha jurisdicción. Para
más información, consultar nuestra Carta de Noticias nº 165/03.
…………………………………………….
8)
Los
siguientes ítems, fueron determinados para la normativa anterior, pero, por asociación, entendemos que se siguen
aplicando:
a) Es aconsejable que, a pesar de
que no existe vínculo laboral en el Régimen de Pasantías, si una mujer queda embarazada, se
le otorgue el período de licencia determinado por la Ley de Contrato de Trabajo.
b) Un estudiante no puede ser
pasante, en más de una empresa a la vez.
c) No existe obligación de tramitar las altas y bajas de los
pasantes, aunque existan códigos que lo habiliten.
d) En el programa del S.U.S.S., se
deben informar los datos de los pasantes, mediante los códigos
habilitados a tal fin.
Buenos Aires, 19 de marzo de 2009
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
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