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lunes, 13 de septiembre de 2010

450/10 - Empadronamiento ante la autoridad de la Cuenca Matanza-Riachuelo

  Carta de Noticias Nro. 450/10                                                 


EMPADRONAMIENTO ANTE LA AUTORIDAD DE LA CUENCA MATANZA-RIACHUELO


I.                   La Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo, dependiente de la Secretaría de  Ambiente y Desarrollo Sustentable, ha dispuesto que todos los establecimientos industriales, agropecuarios y de servicio, cualquiera sea su tipo y actividad, que se hallen instalados en la cuenca Matanza-Riachuelo, están obligados a inscribirse en el Registro de Industrias de la Cuenca.

II.                En razón de ello, todas las empresas radicadas en el territorio de los partidos de Cañuelas, Las Heras, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, Almirante Brown, Esteban Echeverría, Ezeiza, La Matanza, Merlo, Morón, Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben cumplir con el mencionado empadronamiento.


III.             El objeto de la inscripción, es poder identificar a todos los establecimientos y contar con información básica de sus actividades, que sea de utilidad para desarrollar políticas en materia de prevención y recomposición del ambiente de la cuenca.

IV.             El plazo para cumplir con el empadronamiento ante el ACUMAR vence el 30/09/2010, y es actualizable cada 2 años.


V.                Toda modificación que se efectúe en cualquiera de los ítems del formulario de inscripción, deber ser comunicada a la ACUMAR en el plazo de 5 días hábiles de producida.

VI.             La falta de cumplimiento, en tiempo y forma, de la obligación de empadronamiento de la industria, será sancionada por ACUMAR, en primer lugar con apercibimiento de regularizar tal situación en un plazo de 15 días

VII.          corridos, vencido dicho plazo, automáticamente se aplicará una multa pecuniaria.

VIII.       La inscripción consta de 2 etapas:
a.       En primer término, se debe solicitar la clave CURT (Clave Unica de Reempadronamiento Territorial), ingresando a la página web www.sicmar.gov.ar, a través del llenado de un formulario electrónico, en carácter de declaración jurada.
b.      Completada la declaración jurada, deben imprimirse 2 copias y ser presentadas, en las sedes habilitadas al efecto, donde se procede a hacer entrega de la constancia de empadronamiento (clave CURT).


IX.             La presentación de la solicitud debe ser realizada exclusivamente por el titular ó representante legal del establecimiento, acompañando original y copia de la documentación que acredite su condición.

X.                En Anexo I y como borrador de trabajo adjuntamos la “Solicitud de CURT”, con los datos y pasos requeridos para su llenado y presentación.


XI.             En Anexo II se adjunta listado de Sucursales donde debe efectuarse la presentación de la “Solicitud” y la documentación que acredite la identidad y personería.
                                                       …………………………..

XII.          Para la elaboración de la presente, hemos contado con  la colaboración de nuestros Asesores Jurídicos Dres. (Abogados) Carlos M. Zolezzi y Hernán Cyderboim.                                                                    

                                  Buenos Aires, 13 de Septiembre de 2010.

 Dr: Ramírez Miguel Ángel
     Contador Público U.B.A

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