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martes, 18 de febrero de 2014

578/14 Facturacion y Registracion


                                                                           Carta de Noticias Nro. 577/14


LABORAL. VARIOS


          I.    La AFIP, estableció, mediante RG 3568, el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) que necesitan los complejos turísticos de cabañas o bungalows (establecimientos que brindan servicios de alojamiento temporario en tres o más unidades independientes con espacio abierto común).

        II.    En temporada baja, se estableció un IMT de 1 trabajador cada 4 cabañas.


       III.    En temporada alta, el IMT es de 2 trabajadores hasta 4 cabañas, más 1 trabajador por cada 3 cabañas adicionales.

      IV.    En ambos casos, el Indicador incluye recepcionista, administrativo, conserje, mucama, peón general, peón de cocina, peón de mantenimiento y personal de lavandería.


       V.    Asimismo, la resolución establece la época del año que se considera temporada alta y baja, en base a las distintas regiones en que se encuentra dividido el país.
…………………
      VI.    Por RG AFIP 3566, se fijó el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) que necesitan los bares y confiterías:
a) Bares y confiterías sin servicio de comidas:
1)      hasta 5 mesas inclusive, sin envíos a domicilio: 2 trabajadores por turno de 8 horas (incluye cocinero, ayudante de cocina, bachero, lavacopas, cajero y trabajadores de mostrador  salón).
2)       Demás bares y confiterías, no incluidos en el punto anterior: 3 trabajadores por turno de 8 horas (incluye cocinero, ayudante de cocina, bachero, lavacopas, cajero y trabajadores de mostrador). Más 1 mozo en salón cada 15 mesas.
b) Bares y confiterías con servicio de comidas:
1.    Hasta 5 mesas, inclusive, sin envíos a domicilio: 3 trabajadores por turno de 8 horas (incluye cocinero, ayudante de cocina, bachero, lavacopas, cajero y trabajadores demostrador y salón).
2.    Demás bares y confiterías: 4 trabajadores por turno de 8 horas (incluye cocinero,ayudante de cocina, bachero, lavacopas, cajero y trabajadores de mostrador). Más 1 mozo en salón cada10 mesas.

c) Bares y confiterías con franquicias - Café Gourmet (sin cocina,
    sólo con horno eléctrico): 2 trabajadores por turno de 8 horas (incluye
    cocinero, ayudante de cocina,lavacopas, cajero y trabajadores de
    mostrador). Más 1 mozo en salón cada 20 mesas. En el caso que el
    comercio posea envío a domicilio, se adicionará 1 trabajador por
    turno.
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     VII.    Recordamos que a partir del 01/01/2014 el salario mínimo vital y móvil es de $ 3.600 para los trabajadores mensualizados con jornada de trabajo completa y de $ 18 por hora para los trabajadores jornalizados.
…………………..
   VIII.    Los empleadores pueden adelantar hasta un 50% de la remuneración del trabajador y a no más de un mes de plazo, estando obligados a confeccionar recibos en doble ejemplar firmados.
………………….
      IX.    El empleador está obligado a llevar libro de sueldos y jornales independientemente de la cantidad de empleados que tenga registrados.
…..……………
       X.    Todos los incrementos a cuenta de futuros aumentos que otorgue el empleador en forma voluntaria, son siempre considerados remunerativos.
………………..
      XI.    Las empresas pueden hacer coincidir el cierre del establecimiento con la fecha de otorgamiento de vacaciones del personal.
     XII.    Cuando el cierre excede el plazo de vacaciones, se considera que existe una suspensión de hecho por causa del empleador, razón por la cual los días en exceso deben abonarse al personal como si hubieran sido trabajados.
………………….
   XIII.    El despido sin causa durante el periodo de prueba (1eros. 3 meses desde el inicio de la relación laboral), no da derecho a indemnización con motivo a la extinción del contrato de trabajo.

  XIV.    En estos casos, la única obligación que pesa sobre el empleador es la de preavisar el despido con 15 días de anticipación.


    XV.    La liquidación final por despido sin causa durante el periodo de prueba se compone de los siguientes rubros: a) días trabajados; b) SAC proporcional; c) indemnización por vacaciones no gozadas + SAC sobre vacaciones no gozadas. En caso de que el empleador no otorgue el preaviso, a estos rubros debe agregarse la indemnización sustitutiva de preaviso y el SAC sobre el preaviso.
…………………….
  XVI.    Para la elaboración de la presente, hemos contado con  la colaboración de nuestro Asesor Jurídico Dr. (Abogado) Carlos M. Zolezzi.

Buenos Aires, 04 de Febrero de 2014.

Dr: Ramírez Miguel Ángel

     Contador Público U.B.A

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