Carta de Noticias Nro. 634/15
NOVEDADES IMPOSITIVAS.
I.
Se prorrogó desde el 1 de agosto de 2015 y por el
término de 12 meses el régimen de promoción del trabajo registrado,
establecido por el Título II, Capítulo II de la Ley 26.940, que
dispone para aquellos empleadores que tengan hasta 80 trabajadores una reducción
de las contribuciones patronales (contribuciones con destino al SIPA, INSSJP,
FNE, asignaciones familiares y RENATEA, de corresponder) por el término de 24
meses para las nuevas relaciones laborales por tiempo indeterminado (decreto
180/15).
…………………….
II.
Reiteramos que la AFIP prorrogó la generalización de la
factura electrónica, dando por cumplida la obligación siempre que los
sujetos alcanzados se incorporen al régimen hasta el 31/03/2016 (RG AFIP 3793).
…………………..
III.
Recordamos que ARBA estableció, hasta el
31/12/2015, un régimen especial de regularización de deudas de los
contribuyentes provenientes del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos,
inmobiliario
básico y complementario, a los automotores, excepto el que alcanza
a las embarcaciones deportivas o de recreación, que no se encuentren en proceso
de ejecución judicial ni en instancia de fiscalización, de determinación o de
discusión administrativa Resol. Normativa ARBA 40/2015).
IV.
Se puede también regularizar las deudas de los agentes
de recaudación, provenientes de los impuestos sobre los ingresos brutos
y de sellos, relativas a retenciones y/o percepciones no efectuadas.
V.
Se encuentran alcanzadas por este régimen las deudas
del impuesto inmobiliario, a los automotores y de sellos vencidas entre
el 1/1/2015 y el 31/7/2015 y las provenientes del impuesto sobre los ingresos
brutos devengadas entre el 1/1/2015 y el 30/6/2015, correspondientes al
impuesto, sus anticipos, accesorios y cualquier sanción por infracciones
relacionadas.
VI.
Respecto de las deudas de los agentes de
recaudación mencionados, alcanza a las deudas relativas a retenciones
y/o percepciones no efectuadas, devengadas entre el 1/1/2015 y el 30/6/2015,
con más los correspondientes intereses, recargos y sanciones aplicados, aun
cuando se encuentren en proceso de determinación, discusión administrativa o
judicial, con exclusión de las que se encuentren en proceso de ejecución
judicial.
VII.
Las formas de cancelación de las
obligaciones regularizadas son:
a) Al contado: con una bonificación del 10% para la regularización de
deudas de los contribuyentes y sin bonificaciones respecto a las deudas de los
agentes de recaudación.
b) En hasta 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas: con un anticipo del
10% y sin interés de financiación.
c) En hasta 6 cuotas mensuales, iguales y consecutivas: con un anticipo del
10% con un interés sobre el saldo del 0,5%.
VIII.
Por otra parte ARBA ha rehabilitado los planes de regularización
de deudas otorgados a partir del 1/1/2000 y cuya caducidad hubiera
operado u opere hasta el 31/12/2015, cuando el importe correspondiente de los
anticipos y/o cuotas, vencidos e impagos hasta dicha fecha, se cancele hasta el
1/1/2016.
……………………
IX.
Se prorrogó hasta el 31/12/2015 el Régimen de Incentivo Fiscal,
establecido por el Dto. 379/01, para los fabricantes de bienes de capital
determinados, que contaren con establecimientos industriales radicados en el
Territorio Nacional.
………………….
X.
Recordamos los nuevos montos del Salario
Mínimo, Vital y Móvil:
Ø
A partir del 1 de Agosto de 2015: $ 5.558.- para
los trabajadores mensualizados con jornada legal completa; y $ 27, 94 para los
trabajadores jornalizados;
Ø
A partir del 1 de Enero de 2016: $ 6.060.- para
los trabajadores mensualizados con jornada legal completa; y $ 30.30 para los
trabajadores jornalizados.
…………………..
XI.
La secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa
y Desarrollo Regional ha procedido a actualizar los montos de ingresos anuales
a tener en cuenta para la caracterización de las Pequeñas y Medianas Empresas:
SECTOR
|
||||
Agropecuario
|
Industria y Minería
|
Comercio
|
Servicios
|
Construcción
|
82.000.000
|
270.000.000
|
343.000.000
|
91.000.000
|
134.000.000
|
Buenos Aires, 17 de Septiembre de 2014.
Dr. Ramirez Miguel Angel
Contador Publico U.B.A.
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