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martes, 23 de febrero de 2016

647/16 Fideicomisos. Registro Publico en CABA


                                                                           Carta de Noticias Nro. 647/16

FIDEICOMISOS. REGISTRO PUBLICO EN C.A.B.A.


  1. El nuevo Código Civil y Comercial, en su art. 1669, establece la obligación de inscribir los contratos de fideicomisos en el registro público, sin aclarar cuál es ese registro, ni si se trata de uno ya existente o a crearse en el futuro.
  2. La Inspección General de Justicia, en C.A.B.A., se atribuyó facultades legislativas, y no obstante que el contrato de Fideicomiso no es una persona jurídica, procede a reglamentar el art. 1669 del C. C. y C., y dispone que todos los contratos de Fideicomiso que se constituyan con posterioridad al 03/08/2015 deben registrarse en su dependencia cuando 1 o más de los fiduciarios designados posea domicilio real o especial en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  3. Independientemente de la fecha de celebración, se dispuso que también deben registrarse los fideicomisos cuyo patrimonio fideicomitido está integrado por acciones de una sociedad inscripta ante la I.G.J. independientemente del domicilio del fiduciario
  4. Asimismo, deben inscribirse las modificaciones contractuales, la inscripción del cese del fiduciario, la extinción del fideicomiso y toda otra inscripción que proceda.
  5. A su vez la I.G.J. pone en cabeza de los Fideicomisos inscriptos bajo su órbita, 2 obligaciones:
a)    Cuando del contrato surge la obligación de emitir estados contables anuales como modo de rendición de cuentas, el fiduciario debe emitirlos y presentarlos a la IGJ, de acuerdo a las normas y condiciones que rigen para las sociedades por acciones y las de responsabilidad limitada cuyo capital alcance los $ 10.000.000, todo lo cual conlleva, a su vez, la obligación de rubricar los libros contables respectivos.
b)    Presentar anualmente (31/1) una declaración jurada en el marco de las medidas que apuntan prevenir, detectar y reportar operaciones que puedan vincularse a delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
………………….
  1. Ahora bien, en C.A.B.A., además, del registro creado por la Inspección Gral. de Justicia existe otro registro establecido por el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  2. Fundado en el art. art 129 de la Constitución de C.A.B.A., que dispone que la Ciudad ejerce todo el poder no conferido por la Constitución Nacional al Gobierno Federal, el Gobierno de la Ciudad creó el Registro Público de Contratos de Fideicomiso (decreto 300/15).
  3. Mediante resolución 566/SECLyT/15, se reglamentó el Registro Público de Contratos de Fideicomiso, estableciéndose que la carga de documentos, datos e información en el Registro se debe efectuar, en forma electrónica, a través de los escribanos matriculados en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.
  4. La información y datos requeridos para proceder a la inscripción en el Registro Público de Contratos de Fideicomiso de C.A.B.A., son: nombre del fideicomiso, Cuit, tipo de fideicomiso, plazo, condición, restricción/limitación/condición para disponer o gravar, datos del contrato si fue por escritura o instrumento privado con todos los datos, domicilio fideicomiso, datos fiduciante inicia domicilio real en la Ciudad o fuera de ella, datos del fiduciario y domicilio, sede social y actuación del fiduciario.
  5. La inscripción electrónica en el Registro Público, que se encarga al Colegio de Escribanos, es el único requisito exigido por el G.C.B.A. con relación a los Fideicomisos.
…………………….
  1. De lo expuesto se observa que en la C.A.B.A. coexisten 2 registros de contratos de fideicomiso: el que está a cargo de la Inspección General de Justicia, y el que el G.C.B.A. encarga al Colegio de Escribanos.
  2. Siendo menos invasiva y burocrática resulta mucho más conveniente proceder a inscribir los contratos de Fideicomiso ante el Registro Público creado por el G.C.B.A.


Buenos Aires, 23 de Febrero de 2016.

Dr. Ramirez Miguel Angel
Contador Publico U.B.A.



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