Carta de Noticias Nro. 244/06
Empleo de Personal Discapacitado
Detallamos
a continuación algunos aspectos relativos al empleo del personal discapacitado.
A saber:
1)
La Ley 22431 crea un
sistema de protección integral de los discapacitados disponiendo estímulos para su contratación que los coloquen en
igualdad de condiciones con el resto de los trabajadores.
2)
La existencia de la
discapacidad es certificada por el
Ministerio de Salud de la
Nación , a través del certificado denominado
“Certificado Unico de Discapacidad”, con validez nacional.
3)
Los empleadores que concedan
empleo a personas discapacitadas gozan de los siguientes beneficios:
En el impuesto a
las Ganancias: tendrán derecho a computar una deducción
especial, equivalente al setenta por ciento (70%) de los sueldos que hayan
abonado a dicho personal durante el año (además de la deducción
habitual del sueldo pagado)
A los efectos de la deducción
mencionada también se tendrán en cuenta las personas que realicen trabajos a
domicilio.
En las
Contribuciones Patronales: a) Se
establece una reducción del 50 % de las
Contribuciones a la
Seguridad Social con destino al Sistema Integrado de
Jubilaciones y Pensiones (SIJP), Instituto Nacional de Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados (INSSJP), Asignaciones familiares y Fondo Nacional de
Empleo (FNE).
Dicha reducción tiene vigencia
por un período de un año y es requisito para su
goce que el contrato de trabajo celebrado con el empleado discapacitado sea por
tiempo indeterminado.
b) Si, a su vez, por la contratación del
personal discapacitado, la empresa crea un puesto nuevo de trabajo, a
las
reducciones propias por su discapacidad, comentadas anteriormente, se suman las
reducciones generales vigentes del 33%
para la creación de nuevos puestos de trabajo respecto de la nómina salarial a
enero de 2004. Dichas reducciones tienen una vigencia máxima de doce meses y se
aplicarán siempre que la empresa no cuente con mas de 80 trabajadores.
Cuando se contrate a un trabajador
beneficiario del Programa Jefes y Jefas de Hogar, la presente reducción
ascenderá al 50% de las contribuciones.
Para el goce de las reducciones
mencionadas, en el aplicativo del SIJP se deben indicar como modalidad de
contratación los códigos 16, 18, 30, 31, 37, 42 o 43 según sea el caso.
En el Impuesto sobre los
Ingresos Brutos: La Provincia de Buenos
Aires otorga a los empleadores de personas discapacitadas la posibilidad
de imputar, como pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos, el
equivalente al cincuenta por ciento (50%) de las remuneraciones que perciban aquéllas.
Estableciendo, que el monto a deducir, no puede sobrepasar el importe del
impuesto determinado del período ni generar saldos a favor.
4)
A su vez, se ha creado el
“Programa de inserción laboral para trabajadores con discapacidad”, a través
del cual, el Estado realiza un pago directo a los trabajadores, durante el plazo
de nueve meses, de la suma de ciento cincuenta pesos ($150.-) mensuales, que
podrán integrarse a la suma aportada por el empleador, a fin de alcanzar el
monto de la remuneración correspondiente, siempre y cuanto el contrato de
trabajo no sea temporal.
5)
El régimen también prevé la opción
de que la empresa tome a la persona por un período inicial de un mes para el
entrenamiento, sin pagar cargas sociales.
6)
Para participar de dicho
programa, los empleadores deben inscribirse en el
Registro Nacional de Empleadores, a cargo de la Secretaría de Empleo
del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
7)
Se ha creado también, dentro del
Ministerio de Trabajo, una oficina destinada a la contratación de
personas discapacitadas, a
través de la cual las empresas pueden requerir el servicio de selección del
postulante de acuerdo a las características del puesto a cubrir, comunicándose
al 4310-5891, completando un formulario que se puede encontrar en www.trabajo.gov.ar
o escribiendo a discapacidad@trabajo.gov.ar
8)
Los trabajadores interesados también
podrán presentarse en tal oficina, para dejar sus datos, llamando al
4310-5878.
9)
El Ministerio de Trabajo ha creado
además el “Programa de apoyo económico a microemprendimientos para trabajadores
con discapacidad (PAEMDI)” con el objetivo de apoyar económicamente a
trabajadores con discapacidad que
desarrollen microemprendimientos laborales en todo el ámbito nacional. Se trata
de subsidios no reintegrables de hasta $10.000 por proyecto.
10) Por su parte, la “Fundación Par” ha publicado el IV
Concurso de Micro-emprendimientos para personas con discapacidad, por
el cual se ofrecen 30 mil pesos para
repartir entre los proyectos ganadores y un curso completo de capacitación para
los 30 finalistas seleccionados. Para acceder solo se requiere tener mas de 18
años y una buena idea para armar la propia PyME, accediendo a www.fundacionpar.org.ar
o llamando al 0800-122-3727.
11) Existen además varias organizaciones sin fines de lucro que cuentan con
programas vinculados con la inserción laboral para personas discapacitadas,
entre ellas:
-
La Fundación Discar da cursos de capacitación y tiene el programa Empleo con Apoyo. Se
puede acceder a ella a través de su página web www.fundaciondiscar.org.ar
-
Alpad brinda capacitación y organiza actividades ocupacionales para personas
con discapacidad mental leve o moderada. Su página web es www.alpad.org.ar
-
La Usina se propone
promover un mayor grado de calidad de vida y participación de las personas con
discapacidad. Su página web es www.lausina.org
-
La Fundación Impulsar da apoyo financiero para microemprendimientos a jóvenes sin recursos
económicos. Su Página web es www.funacionimpulsa.org.ar
Cordialmente,
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
Bs. As., 20 de Enero de 2006
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