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viernes, 24 de abril de 2009

379/09 Novedades Impositivas

Carta de Noticias n° 379


Novedades Impositivas

  
1)    El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires dictó un Plan “Anticrisis”, el cual entrará en vigencia el 01/05/2009; salvo para las Cooperativas, para quienes entró en vigencia el 01/04/2009.

2)    Dicho Plan establece un nuevo Régimen de Retención, sobre los cheques mayores a $ 1000, que se paguen por ventanilla. Los Agentes de Retención, en este caso, son las entidades financieras.

3)    Los sujetos pasibles de Retención, serán establecidos por A.R.B.A., mediante una nómina de actualización mensual.

4)    Las alícuotas a aplicar, varían desde el 0,01% hasta el 5%, y serán informadas en la misma nómina mencionada en el punto anterior.

5)    Además, siguiendo con el Plan “Anticrisis”, creó un Régimen de Retención para las Cooperativas de trabajo y de consumo, siempre y cuando las mismas, hayan tenido ingresos mayores a $ 5.000.000, en el año anterior.

6)    Asimismo, adecuó las alícuotas para los Regímenes de Retención, aplicables sobre las acreditaciones bancarias, siendo éstas, las mismas que las mencionadas en el punto 4)

7)    Y también, dispuso que, al liquidar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, el contribuyente ya no podrá descontar de las ventas,  el 100% de las deducciones, en concepto de descuentos, bonificaciones, devoluciones de mercaderías, y similares. Se establece, al respecto, un tope, por el cual no permitirá deducir más del 5% de la base imponible.

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8)    Mediante el sistema “IVA y Vuelta”, la A.F.I.P. estableció sorteos para los consumidores finales, que reúnan, como mínimo, doce comprobantes de compra. Se sortea un automóvil 0 km por mes.


9)     Aquellos consumidores que reúnan los doce comprobantes, deberán ingresarlos a través de la página web de la A.F.I.P., y exhibirlos ante el mismo Organismo, solamente si ganan el sorteo.

10)  Los primeros dos sorteos serán el 29/05/2009 y el 26/06/2009.

11)  De esta forma, el fisco pretende controlar la emisión de facturas a consumidor final, y evitar la evasión por destrucción de duplicados, uso de dos juegos de talonarios, o similares.

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12)  Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires, no incluidos en Arbanet, deben presentar sus declaraciones juradas y realizar sus pagos, en forma mensual.

13)  Recordamos que no están incluidos en el Sistema Arbanet, los contribuyentes que se encuentran en el Régimen de Convenio Multilateral, aquellos que están exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en un 100%, y aquellos que hayan tenido ingresos en el año anterior, de menos de $ 450.000

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14)  La A.F.I.P. implementó un Sistema que funcionará como un “Padrón Unico de Contribuyentes”. El mismo estará integrado por el “Registro Tributario“ y por los “Registros Especiales”.

15)  El “Registro Tributario” contendrá los datos de las personas físicas y jurídicas inscriptas, y los “Registros Especiales” contendrán los datos de las personas que están obligadas a inscribirse por las actividades que desarrollan.

16)  La implementación de ambos Registros se hará en forma progresiva.  En una primera etapa, y desde el 01/04/2009, están operativos los “Registros Especiales Aduaneros”.

17)  A partir de que se vayan implementando en la práctica los otros Registros, la A.F.I.P. se irá expidiendo acerca de cómo proceder con relación a los mismos.

18)  El acceso al “Sistema Registral” se hará a través de la página web de la A.F.I.P., ingresando al servicio correspondiente.

19)  El Padrón incluye fotografía, firma y huellas digitales de las personas que lo integren.

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20)  La A.G.I.P. determinó, para el ámbito de la Capital Federal, que, la primer venta de bienes de consumo importados, estará gravada, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a una alícuota del 4,5%, salvo para los bienes provenientes de los países incluidos en el Mercosur  (Brasil, Uruguay, Chile, Paraguay, etc.) y en el G.A.T.T. (España, Francia, Italia; Rep.de Corea, Hong Kong, Japón, Tailandia, etc.)

21)  Se adjuntan Anexos de países integrantes del Mercosur y del G.A.T.T.  (Acuerdo general sobre comercio y aranceles)

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Buenos Aires, 24 de abril de 2009

                                           
Dr: Ramírez Miguel Ángel
     Contador Público U.B.A






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