Carta de Noticias Nro. 584/14
COOPERATIVAS
I. Recordamos que mediante la Resolución N º 4664/13 el INAES estableció que las Cooperativas de
Trabajo deben brindar a sus asociados los beneficios de la seguridad social,
para lo cual tienen que:
a)
Cumplir
con las aportaciones necesarias a los fines del régimen previsional en el
sistema de trabajadores autónomos, pudiendo optar los asociados, en
asamblea, por realizar las cotizaciones como trabajadores en relación de
dependencia, debiendo la cooperativa de trabajo, ingresar las contribuciones
patronales, actuando como agente de retención de los aportes personales del
trabajador asociado.
b)
Pagar
las prestaciones
dinerarias que les corresponda percibir a los asociados en caso de
enfermedades o accidentes.
c)
Implementar
un sistema
de prestaciones de salud para el asociado y su grupo familiar primario.
d)
Pagar
las reparaciones
dinerarias que le corresponda percibir al asociado o a sus herederos en
los casos de incapacidad parcial y/o total o fallecimiento, derivadas de
accidentes o enfermedades profesionales.
Las obligaciones correspondientes a
las prestaciones dinerarias por enfermedades o accidentes inculpables y las
reparaciones dinerarias en caso de incapacidad parcial y/o total o
fallecimiento, derivadas de accidentes o enfermedades profesionales, pueden ser sustituidas mediante la contratación de seguros que cubran
adecuadamente dichos riesgos.
e)
Adoptar
reglamentos relativos al trabajo de mujeres y menores, cuyas condiciones
aseguren, como mínimo, la misma protección que establecen las leyes aplicables
a los trabajadores dependientes de la misma actividad.
II. Se otorga un plazo
de 90 días hábiles a contar a partir del 9 de enero de 2014 para que
las cooperativas adecuen su funcionamiento a lo más arriba detallado.
……………..
III.
Por Resolución 4733/13 la INAES estableció que las cooperativas
que en su razón social no incluyan la denominación “CREDITO” o “CREDITOS”
y en cuyos estatutos se prevea la prestación del servicio de crédito deben
presentar ante el Instituto una declaración jurada en la cual se exprese si
otorgan créditos, como parte complementaria de su prestación principal.
IV. Recordamos, asimismo, que todas
las Cooperativas deben consignar en el Registro de Asociados, y de cada uno
de éstos, la siguiente información:
ü
Número de asociado.
ü
Nombre y apellido
ü
Documento de identidad
ü
Domicilio
ü
Fecha de ingreso con indicación de la fecha de la resolución y del
órgano que lo emitió.
ü
Número de cuotas sociales suscriptas e integradas y en caso de
corresponder, fecha y causa del egreso
ü
Categoría
ü CUIT, CUIL o CDI.
V. Las cooperativas que
realizan operaciones de crédito deben
presentar toda la información
contenida en sus registros de asociados, a través del sitio web del INAES.
VI. Esta información debe ser presentada en forma trimestral dentro del plazo que comprende cada ejercicio social y dentro de
los 10 días corridos posteriores a la finalización del trimestre.
………………….
VII. Las Cooperativas, mediante transmisión
electrónica al sitio web del INAES, deben
presentar, anualmente, y cuando se produzcan eventuales reemplazos, la
información sobre:
1)
la integración del Consejo de Administración,
el Acta de Asamblea Ordinaria, y el Acta de Distribución de Cargos
llevada a cabo en el seno del Consejo; y
2)
los datos de identidad, incluyendo
CUIT, CUIL o CDI, de los miembros
titulares y suplentes del Consejo de Administración, Síndicos
(titular y suplente) y Gerente.
VIII. Esta información debe ser efectuada en soporte papel y por transmisión electrónica.
IX. Las Cooperativas que realizan operaciones
de crédito, además de tener que
cumplir con este régimen de información deben presentar:
1) Declaración jurada en la que se
exprese que la entidad cumple con la normativa vigente en materia de Prevención
de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
2) Declaración jurada sobre la licitud y origen cuando reciban donaciones o aportes de terceros al tiempo de su
constitución o con posterioridad, acompañada de la documentación de respaldo, al momento de
solicitar la autorización para funcionar o en su defecto con cada presentación
de estados contables.
3) Declaración jurada sobre su condición de persona expuesta
políticamente de los integrantes
de los órganos de administración y fiscalización.
4)
Declaración jurada
en
la cual se informe y, en su caso, se acompañe la documentación que seguidamente se
individualiza: a) Domicilio legal (calle, número, localidad, provincia y código
postal); b) Número de teléfono actualizado de la sede social, dirección de
correo electrónico; c) CUIT; d) Actividad principal realizada y volumen de
ingresos/facturación anual; e) Copia del acta del órgano decisorio designando
autoridades, representantes legales, apoderados y/o autorizados con uso de
firma social, certificadas por escribano público o por el propio sujeto
obligado; f) Titularidad del capital social (actualizada); g) Copia del acta
del órgano de administración de distribución de cargos, de designación de
representantes legales, apoderados y/o autorizados con uso de firma social,
certificadas por escribano público o por el propio sujeto obligado; h) Datos
identificatorios de las autoridades, del representante legal, apoderados y/o
autorizados con uso de firma, que operen en nombre y representación de la
entidad; i) Datos identificatorios del oficial de cumplimiento designado, con
la correspondiente constancia de inscripción ante la Unidad de Información
Financiera; j) Que la entidad ha elaborado y aprobado un manual de
procedimientos para la prevención del lavado de activos y la financiación de
terrorismo.
…………………….
X. Para la elaboración de la presente, hemos contado
con la colaboración de nuestro Asesor
Jurídico Dr. (Abogado) Carlos M. Zolezzi.
Buenos Aires, 24
de Abril de 2014.
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador
Público U.B.A
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