Inicio

Usted puede ingresar la PALABRA o el TEMA sobre el que desea informarse y podrá encontrar, en nuestra base de datos de más de 500 Cartas de Noticias, el análisis y la investigación pertinente, llevados a cabo por nuestros profesionales en forma interdisiplinaria (abogados, contadores y especialistas en sistemas).

jueves, 1 de agosto de 2002

126/02 Modificación en las tasas de intereses de la AFIP

Carta de Noticias Nro. 126/02.

La presente es una síntesis de algunas novedades de carácter impositivo y comercial en general.

01) El Gobierno de la Ciudad de Bs. As. dispuso de un subsidio de 30.000 pesos no reintegrables, para inversiones de reestructuración productiva. Para empresas instaladas en Capital Federal y, preferentemente, para exportaciones. Para adherirse al programa                       ( Proampro ), hay que acercarse a la Dirección de Tecnología y Diseño, sita en Sarmiento 630, piso 15. Se puede consultar en www.buenosaires.gov.ar/tecnología.

02) La Dirección General Impositiva comenzó a investigar el origen de los fondos que fueron extraídos del sistema financiero mediante recursos de amparo. Hasta el momento ha investigado el 3,4% de los casos. Y, sobre un total de 425 casos seleccionados, detectó diferencias con las Declaraciones Juradas de los contribuyentes, en 211 de ellos, procediendo a determinar, de oficio, el impuesto omitido.

03) Se ha creado un nuevo sitio de Internet, en el que las Pymes se contactan en forma directa con 30 empresas de primera línea ( Toyota, Avon, Siderca, etc. ) a efectos de poder cumplir con requerimientos de insumos de éstas últimas. Es una excelente oportunidad para ampliar los negocios. Se obtiene información en Av. Córdoba 320, Piso 2. T.E. 4018-5504. O bien en www.Mipyme.com.

04) La D.G.I. resolvió incrementar las tasas de interés por falta de pago de impuestos. Los intereses resarcitorios son ahora del 4% mensual. Y los punitorios del 6% mensual. Las tasas aludidas rigen desde el 1ro. de Julio de 2002. En cambio, la tasa para la devolución, reintegro o repetición de tributos es del 0.84% mensual.

05) Las provincias de Córdoba, Rio Negro y Misiones han implementado regímenes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos sobre créditos en las cuentas bancarias, tal como lo ha hecho, recientemente, la Pcía. de Bs. As.

Nota: lo indicado en los ítems 01 y 03 se repite año a año, por lo que sugerimos agendar para años venideros.

Cordialmente.
Dr: Ramírez Miguel Ángel
     Contador Público U.B.A


No hay comentarios:

Publicar un comentario