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lunes, 6 de marzo de 2006

250/06 Proteccion de datos personales- Inscripcion bases de datos

Carta de Noticias Nro. 250/06
                                                                                                         

Protección de Datos Personales


            A continuación comentamos las nuevas obligaciones derivadas del recientemente creado Registro de Datos Personales. A saber:

01)  Parámetros generales respecto de la protección de datos personales:
-          La formación de archivos de datos se considera lícita cuando se encuentren debidamente inscriptos
-          El tratamiento de datos personales es ilícito sin previo consentimiento del titular
-          Los datos deben ser exactos y actualizarse en caso de ser necesario
-          Ninguna persona puede ser obligada a proporcionar datos sensibles (origen racial, convicciones religiosas, políticas, filosóficas o morales, etc)
-          Quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de datos personales están obligados al secreto profesional respecto de los mismos
-          Se prohibe la transferencia de datos de cualquier tipo con otros países u organismos internacionales que no proporcionen niveles de protección adecuados
-          El Registro que se lleva con datos personales es de consulta pública y gratuita

02)  El Ministerio de Justicia ha creado el Registro Nacional de Bases de Datos Personales que tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos o similares, sean éstos públicos o privados.

03)  Deben inscribirse todas las personas o empresas que formen archivos, registros o bancos de datos que no sean para uso exclusivamente personal,  por las bases de datos de sus clientes, proveedores y personal, entre otras posibles, ya sea que se lleven en forma digital o en papel.

04)  El plazo para inscribir dichas bases de datos, que incluye tanto  información correspondiente a personas físicas como jurídicas, vence el próximo 31 de marzo.

05)  El Registro de archivos de datos comprende datos como: nombre y apellido del responsable, características y finalidad del archivo, forma de recolección de los datos y su actualización, destino de los datos y medidas de seguridad de los mismos, entre otros.

06)  La inscripción es obligatoria y existen multas de hasta $50.000 para aquellos que no lo lleven a cabo.

07)  La inscripción tiene validez anual, debiendo solicitar su renovación con 45 días de antelación a la fecha de vencimiento de la misma.

08)  Para inscribirse, las empresas deben acceder a la página web del Ministerio  de Justicia www.jus.gov.ar/datospersonales y completar el formulario FA.01 en forma gratuita, siempre que la sumatoria de las personas registradas en todas las bases de datos a inscribir sea menor a 5.000.

09)  Existen formularios adicionales que deben ser presentados en los casos de prestación de servicios por terceros, procesamiento de datos con fines de publicidad o venta directa y fundaciones con y sin fines de lucro.

10)  Se establecen, además, una serie de obligaciones adicionales que las organizaciones deben cumplir como ser:
-          Todas las empresas que manipulen datos de carácter personal deben adecuar su operatoria al presente régimen, adoptando los controles y medidas de seguridad necesarias para asegurar la autenticidad de los datos, su uso, transferencia, actualización y confidencialidad.
-          Poseen, además, responsabilidad patrimonial ante cualquier daño causado a terceros por incumplimiento de lo establecido, siendo que ya existen antecedentes de algunas demandas judiciales.
-          Se disponen nuevos tipos penales que contemplan las conductas punibles de los responsables de dichas organizaciones.
-          Existe responsabilidad en cascada, es decir, solidaria e ilimitada entre el cedente y el cesionario de datos personales por su inadecuada utilización (tercerización del procesamiento de datos, de la liquidación de remuneraciones, etc)

11)  Por dudas al respecto del presente régimen comunicarse con la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales ubicada en la calle Sarmiento Nº 1118 5to piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o telefónicamente al 4383-8513/15.

12)  De todas formas, entendemos imperioso que, antes de tomar cualquier iniciativa respecto al presente régimen, consulten con el asesor letrado de la empresa.

13)  Sugerimos profundizar el tema abordando la siguiente normativa: Ley 25.326/00, Decreto Reglamentario 1158/01, Disposición DNPDP 02/2005 y 04/2005.


Cordialmente
                                                                      Dr: Ramírez Miguel Ángel
     Contador Público U.B.A




   Bs As 06 de Marzo de 2006

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