Carta
de Noticias Nro. 264/06
Cambios en las aplicaciones y nuevas formas de
presentación
A
continuación detallamos los nuevos aplicativos disponibles y las últimas
modificaciones respecto a la forma de presentación de declaraciones juradas. A
saber:
1)
La Afip ha dispuesto una nueva
versión del aplicativo Ganancias Personas Jurídicas (Versión 7.0) para
la confección de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de
sociedades cuyo cierre de ejercicio opere a partir del mes de diciembre de 2005, el cual deberá
presentarse vía internet
2)
Dicho aplicativo es obligatorio
para los contribuyentes que hayan obtenido ingresos por un monto anual igual o superior a un
millón de pesos.
3)
Excepcionalmente, se ha admitido
que, para cumplir con la presentación y pago del impuesto, los sujetos antes
mencionados cuyos cierres de ejercicio operen en los meses de diciembre 2005,
enero y febrero de 2006, podrán utitizar el aplicativo anterior
(Versión 6.0), siempre que,
durante el octavo mes posterior al de cierre de ejercicio, presenten una
declaración jurada informativa, F.713, generada por el programa aplicativo Ganancias Personas Jurídicas-Versión 7.99.
4)
Es importante mencionar que el
nuevo aplicativo dispuesto, Versión 7.0, exige el ingreso de una mayor apertura de la
información contenida en los estados contables, tal como el detalle de
deudores y proveedores al cierre, identificando el CUIT y monto adeudado a cada
uno de ellos.
5)
Los contribuyentes que hayan
obtenido ingresos por un monto anual inferior a un millón de pesos podrán
optar por seguir utilizando el aplicativo anterior (Versión 6.0) para la
determinación e ingreso del impuesto.
6)
Pero, cuando se realice la presentación
de una declaración jurada confeccionada con el nuevo aplicativo,
Ganancias Personas Jurídicas-Versión 7.0, todas las declaraciones juradas que
se presenten con posterioridad a aquélla, deberán elaborarse utilizando el
citado aplicativo.
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7)
A partir del período marzo de 2006
se ha
modificado el aplicativo a utilizar para la liquidación del Impuesto al Valor
Agregado. Deberá utilizarse obligatoriamente la Versión 5.1 del mismo,
derogándose las versiones anteriores.
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8)
Respecto al SIJP, actualmente se
encuentran vigentes las versiones 26 y 25 del mismo, para la liquidación de las
cargas sociales, de acuerdo a si se trata de grandes contribuyentes o no
respectivamente, pero, a partir del período fiscal junio de 2006,
será obligatorio, para todos los contribuyentes, el uso de la Versión 26.
9)
Las declaraciones juradas
confeccionadas bajo la Versión
26 del SIJP deberán presentarse, en todos los casos, a través de internet.
10) Estas nuevas versiones del aplicativo SIJP permiten confeccionar declaraciones
juradas rectificativas por nómina completa o por novedad. En el caso de
rectificar por novedad, solo se deberá informar el alta, baja o modificación
que la motiva y presentar la liquidación por internet. Luego, a partir de las
48 hs de realizada la presentación, la
Afip aprobará o rechazará la misma emitiendo el formulario 941 a través de internet.
11) La afip a implementado un nuevo procedimiento a través del cual los
empleadores podrán obtener información sobre la nómina contenida en sus declaraciones
juradas de la
Seguridad Social presentadas. Para ello deberán acceder a
través del sistema denominado “e-DDJJ Empleadores SIJP” en la página web de
afip y realizar el requerimiento para luego descargar los archivos con la
información.
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12) Rentas de la
Provincia de Buenos Aires ha dispuesto un nuevo programa aplicativo
(Versión 1- R2) para los contribuyentes bimestrales, quienes podrán
utilizarlo en forma opcional para la presentación y pago de las declaraciones
juradas a través de internet o, unicamente, para la presentación, realizando el
pago en cualquier sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
13) Además se han actualizado los aplicativos de Ingresos
Brutos Mensual PBA(Versión 2.0 R6), el de Ingresos
Brutos Bimestral PBA(Versión 1.0-R3) y
el aplicativo Trámites (Versión 1.0-R3), vigentes a patir del 12 de junio de
2006.
14) Con la utilización del nuevo aplicativo SIFERE, para
la liquidación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de Convenio Multilateral,
se ha dispuesto que las presentaciones de las declaraciones juradas podrán
realizarse a través de internet, no siendo ya necesario presentar el soporte
magnético y papel de la declaración jurada CM013.
15) Se ha dispuesto, además, una nueva versión del aplicativo SIFERE
(Versión 1.0-R42) la cual soluciona errores contenidos en el programa original,
tales como errores en la impresión del formulario, errores de redondeo, etc.
Cordialmente
Dr: Ramírez
Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
Bs. As., 16 de Junio de 2006
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