Carta de Noticias Nro. 262/06
Novedades Impositivas
A
continuación detallamos las últimas novedades en el ámbito impositivo. A saber:
1)
Recientemente, se ha instrumentado
un régimen de información que recae sobre los sujetos que realicen en forma
habitual operaciones de intermediación y/o compraventa de vehículos automotores
usados.
2)
A través del mismo se deberán
informar todas las operaciones realizadas, con vehículos automotores usados,
cuyo precio
de transferencia sea igual o superior a $8000 o cuando la antigüedad de
los mismos no exceda los doce años.
3)
También se deberán informar las
operaciones de intermediación y/o compraventa de motovehículos (ciclomotor,
motocicletas, cuatriciclos, etc) usados, cuando la operación supere los $5000
o cuando la antigüedad del bien no exceda los doce años.
4)
A tales efectos los agentes de
información deberán empadronarse a través de internet e informar los bienes en stock, como así
también las altas y bajas que se produzcan dentro de los 10 días de
producidas las mismas, penándose con multas de hasta $10.000 su incumplimiento.
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5)
La Dirección General de Rentas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció la Feria Fiscal que,
al igual que para la Afip ,
transcurrirá en la primer quincena de Enero de cada año y la primer semana
correspondiente a la feria judicial de invierno que fije el Poder Judicial de la Ciudad.
6)
Durante dichos períodos se suspenderán
los plazos para responder intimaciones o notificaciones, no así el
cumplimiento de las obligaciones mensuales.
7)
Rentas de la Provincia de Buenos
Aires ha designado como agentes de información a las entidades
administradoras de tarjetas de crédito, las cuales deberán informar mensualmente
las operaciones de compras de bienes y servicios en comercios.
8)
Se ha prorrogado hasta el
30/09/2006 la medida que dispone la devolución de 5 puntos del IVA a
aquellos consumidores que realicen compras con tarjetas de débito y de
3 puntos para los que utilicen tarjetas de crédito, todo ello con la finalidad
de continuar incrementando el consumo y controlar la evasión.
9)
A su vez, Rentas de la Provincia de Buenos
Aires ha dispuesto una nueva medida contra la evasión impositiva,
solicitando información a las líneas aéreas, sobre las personas que viajen al
exterior, de modo de descubrir contribuyentes morosos.
10) Se han introducido ciertas modificaciones al Código Fiscal de la Provincia de
Buenos Aires, tales como:
a)
Se incorporan como causales de clausura de establecimientos
comerciales, industriales o de servicios las siguientes:
-
La posesión de bienes o mercaderías sin poseer, en el mismo lugar en que éstos se
encuentran, la documentación respaldatoria
-
El uso de comprobantes que no reúnan los
requisitos exigidos legalmente
-
No se posea el
certificado de domicilio expedido por Rentas
b)
Se considera como nueva
modalidad de notificación, la realizada a través del domicilio fiscal
eletrónico de contribuyente
c)
Se extienden los beneficios
actualmente otorgados, de reducción de intereses
en los planes de facilidades de pagos, hasta el 31/12/2007
11) Recordamos que existe obligatoriedad de obtener, al momento de
concretar la primera operación, la constancia de inscripción de los sujetos con
los que se opera, ya sea que se trate de clientes como proveedores, a
fin de constatar su condición impositiva.
12) La falta de obtención de la misma genera la aplicación de una
retención como sujeto no inscripto en el impuesto a las ganancias, para los
proveedores, y, como sujeto no inscripto en el IVA, para los clientes.
13) La Afip pone a disposición la
Defensoría del
Contribuyente y del Usuario del Servicio Aduanero, en donde personal
especializado atiende quejas, reclamos y sugerencias de manera oficial. Se
puede acceder a la misma en cualquier Agencia, a través de la página www.afip.gov.ar
o llamando al 0800-999-2347.
Cordialmente
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
Bs. As., 2 de Junio de 2006
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