Carta
de Noticias Nro. 296/07
Oportunidades, Varios, Comercio Exterior
Comentamos
a continuación diversos asuntos de interés. A saber:
1)
Se ha modificado la Ley de Lealtad Comercial, que
establece la obligación de redondear a favor del cliente los precios
cuyas cifras sean inferiores a 5 centavos, cuando sea imposible la devolución
del vuelto correspondiente.
2)
La mencionada norma incorpora la
obligación de exhibir la situación antes planteada, a través de carteles o
publicaciones permanentes, cuyas medidas no deben ser inferiores a 15 cm por 21 cm .
3)
Dicha obligación debe
ser cumplida por todo establecimiento nacional donde se efectúen cobros
por bienes o servicios, disponiéndose multas de $500 por no cumplimiento, las
cuales pueden aumentar en caso de reincidencia
de los comercios.
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4)
La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) dispone que los conductores
afectados al transporte automotor de cargas generales deben contar
obligatoriamente con una Licencia Nacional Habilitante para la
conducción de tales vehículos, la cual es otorgada previa evaluación
psicofísica.
5)
Son requisitos para obtener la
mencionada licencia:
a-
Ser mayor de 21 años
b-
Poseer registro de conductor con
vencimiento mayor a 30 días
c-
Poseer recibo de sueldo o de
jubilación
d-
Realizar dos pagos de $18 cada uno
en concepto de canon y derechos.
6)
Para mayor información al respecto,
comunicarse con la CNRT
al 0800-333-0300 o dirigirse personalmente a Maipú Nº 88, Capital Federal, en
el horario de 9.30 hs a 16.30 hs.
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7)
Se ha prorrogado, hasta el
01/03/2007, la norma que exige a las empresas inscriptas en el padrón de
importadores y exportadores, la obligación de garantizar solvencia
económica a través de la presentación de garantías de $30.000, cuando sus
ventas anuales o patrimonio neto no supere los $300.000.
8)
A su vez, la Afip se encuentra en proceso
de flexibilización de la mencionada norma, previendo la posibilidad de que las
garantías a presentar, que en la actualidad solo pueden constituirse en dinero
en efectivo o aval bancario, puedan efectuarse
a través de seguros de caución o títulos públicos.
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9)
Recientemente entró en vigencia la ley de
talles, que establece requisitos para la comercialización de prendas de
vestir para las mujeres, en la provincia de Buenos Aires, pero con ciertas
excepciones.
10) Entre las modificaciones incorporadas se menciona que quedan
exceptuadas del cumplimiento de la citada ley la indumentaria
claramente identificada con cartelería que indique que se trata de liquidación
por cierre o temporada, o segunda selección; así como aquellas prendas con
características especiales como la
destinada a deportes especiales, equipos de trabajo, ropa de seguridad, etc.
11) Asimismo, se aclara que, ante la diversidad de colores o estampados, se
tiene por cumplida la norma cuando exista una prenda de cada talle.
12) Cada municipio será el encargado de controlar los negocios y labrar las multas en caso de que no se cumpla la norma.
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13) A continuación detallamos los días festivos en cada jurisdicción,
en los cuales los organismos municipales no trabajan:
Jurisdicción
|
Fecha
|
Concepto
|
Observaciones
|
Morón
|
05-Oct
06-Nov
|
Dia del Partido
Día del Empleado Municipal
|
Se traslada al lunes siguiente
|
La Matanza
|
08-Nov
|
Días del Partido
|
Se traslada al lunes o viernes
|
Tres de Febrero
|
24-Sep
07-Nov
|
Día de
Día del Empleado Municipal
|
Se traslada al lunes siguiente
|
Ituzaingo
|
24-Oct
|
Día del Partido
|
Se traslada al lunes o viernes
|
San Martin
|
08-Nov
18-Dic
|
Día del Empleado Municipal
Día del Pueblo de San Martin
|
Se traslada al lunes siguiente
|
Capital Fed.
|
11-Nov
|
Día de S. M. De Tours
|
|
Por su parte, el 27 de Octubre es el Día del Personal del Ministerio de
Economía de
dicción no atienden al público.
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14) El Banco Central de la República Argentina ha recomendado a las
entidades bancarias, y éstas, a su vez, a sus clientes, incentivar la utilización
de tinta de color negro para la confección de la firma de los cheques y
otros documentos compensables, a efectos de reducir el pago improcedente de los
mismos por falta de claridad en la identificación del firmante.
Cordialmente.
Dr:
Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
Bs. As.,
23 de Febrero de 2.007
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