Carta de Noticias Nro. 316/07
Novedades Impositivas
A
continuación comentamos las últimas novedades de orden impositivo. A saber:
1)
La Afip ha establecido un nuevo
régimen de facilidades de pago de obligaciones vencidas al 31/08/2005,
tanto para obligaciones impositivas como de la seguridad social.
2)
Entre las principales características
del mencionado régimen podemos indicar que:
a)
Pueden incluirse deudas
provenientes de otros planes de facilidades de pago, que se encuentren pendientes de pago, caducos o rechazados, como así
también, deudas en discusión administrativa y/o en ejecución judicial
b)
No se prevén reducciones de
intereses.
c)
Pueden solicitarse entre
6 y 72 cuotas, de acuerdo al tipo de deuda que se regulariza
d)
Existe la posibilidad de ir
cancelando en forma variable el capital adeudado, pudiendo comenzar por
cancelar el 5% del mismo en el primer año, para ir incrementándose el mismo con
el correr de las cuotas.
e)
Cada cuota no podrá ser inferior a $50
f)
Se prevé un mecanismo que permite
solicitar la rehabilitación del plan de facilidades, por única vez,
dentro de los 30 días de notificada la caducidad
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3)
Por su parte, el gobierno de la
provincia de Buenos Aires ha publicado en internet el patrimonio de
todos los contribuyentes bonaerenses, a fin de que estos puedan saber
si les corresponde abonar el impuesto a la riqueza, que afecta a quienes posean
un capital global de más de 500.000 pesos.
4)
Para calcular el patrimonio se
contemplan todos los bienes que posee el contribuyente, tanto en el
país como en el exterior, así como los títulos de acciones y depósitos
radicados en cualquier latitud.
5)
No obstante, el mencionado
impuesto se reflejará en un incremento en la tasa del impuesto inmobiliario
y a los automotores y embarcaciones, de los bienes radicados en la provincia, a
cargo de tales sujetos
6)
Quienes superen los $500.000 de
patrimonio deberán presentar cada año una declaración jurada de sus bienes,
considerando, los precios de mercado o las valuaciones fiscales mas recientes.
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7)
Rentas de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires ha establecido un sistema
de recaudación
del impuesto sobre los ingresos brutos sobre las acreditaciones bancarias,
para los contribuyentes de la
Ciudad , tanto locales como aquellos inscriptos en Convenio
Multilateral, en relación con los importes que se acrediten en cuenta a partir
del 01/06/2007
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8)
La Afip ha establecido un nuevo
procedimiento para solicitar el Certificado de Validación de Datos de
Importadores (CVDI), el cual se efectuará a través de la página web de
Afip, tendrá una validez de un año y será renovado en forma automática
anualmente a su vencimiento, sin necesidad de solicitud expresa del
responsable, y en la medida en que se encuentren cumplidos todos los
requisitos.
9)
Se establecen como nuevos
requisitos para efectuar la solicitud, no registrar deuda líquida y exigible con el
fisco, a la fecha de la solicitud, y estar incluído en el registro de
importadores y exportadores, entre otros.
10) Por su parte, los CVDI que hayan sido otorgados hasta el
31/05/2007 tendrán vigencia hasta que sean convalidados por la Afip , según los nuevos
requisitos.
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11) Rentas de la
Provincia de Buenos Aires ha estipulado que, cuando se
practique una retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y la misma no
sea informada en la declaración jurada del período en la cual se haya
producido, el importe retenido solo podrá ser computado mediante la
rectificación de la citada declaración jurada
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12) Recordamos que, los locatarios de inmuebles en los que
desarrollan actividades gravadas, podrán computar como crédito fiscal
de iva, el impuesto correspondiente a la provisión de agua corriente, gas,
electricidad y otras prestaciones similares que las empresas prestatarias
facturen, por los citados inmuebles, a nombre de un tercero, en la medida en
que del contrato de locación surja que el pago de tales facturas se encuentra a
cargo del locatario
Cordialmente,
Dr: Ramírez Miguel Ángel
Contador Público U.B.A
Bs. As., 20 de Julio de 2.007
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