Carta
de Noticias Nro. 717/17
REGISTRO PUBLICO DE CONTRATOS DE FIDEICOMISOS -
C.A.B.A.
- Recordamos
que por decreto 300/2015 el Gobierno de la C.A.B.A. creó el Registro Público de Contratos de
Fideicomisos.
- Reglamento de Funcionamiento del Registro Público de Contratos de
Fideicomiso.
- Conforme la nueva reglamentación, se deben inscribir o
anotar en el Registro Público de Contratos de Fideicomiso, los
contratos de Fideicomisos celebrados
con posterioridad al 1 de agosto de 2015, y las modificaciones,
sustituciones y extinción del contrato de Fideicomiso.
- Los
contratos
de Fideicomisos se deben inscribir:
a) cuando sus objetos incluyan acciones y/o cuotas sociales y/o partes de
interés de sociedades inscriptas ante la I.G.J. o ante el Organismo del
Registro Público de Comercio y contralor de Personas Jurídicas de la C.A.B.A.;
b) cuando los bienes objeto del Fideicomiso se encuentren en jurisdicción de la C.A.B.A.;
ó
c) cuando al menos uno de los fiduciarios designados posea domicilio en la C.A.B.A.
- No
deben anotarse o inscribirse los
contratos de Fideicomisos Financieros que hacen oferta pública de
títulos valores.
- La
inscripción de un contrato de Fideicomiso en el
Registro tiene efectos declarativos e informativos, con el fin de
su oponibilidad frente a terceros.
- La inscripción
del contrato de Fideicomiso debe ser realizada a petición
del fiduciario y/o de las personas designadas a tales efectos,
dentro
del plazo de 20 días desde su celebración. Pasado dicho plazo,
pueden pedir la inscripción, en forma indistinta, el fiduciante, el
beneficiario o el fideicomisario.
- También
deben
inscribirse la cesación y/o sustitución del fiduciario; las adendas y
modificaciones al contrato de Fideicomiso; las adhesiones al contrato de
fideicomiso producidas en forma posterior a su inscripción; y la extinción
del contrato de fideicomiso. A tales fines, se hallan autorizados
para solicitar la inscripción cualquiera de las partes que integran el
contrato.
- El
Registro Público de Contratos de Fideicomiso funciona como un registro
electrónico, a través de la plataforma TAD (Trámites a
Distancia) de la C.A.B.A.
- La
carga de datos, documentos e información ante
el Registro de Contratos de Fideicomiso es realizada por escribanos
matriculados en el Colegio de Escribanos de la C.A.B.A.
- Los datos
requeridos para efectuar la inscripción son:
·
Testimonio de la escritura pública o instrumento
privado mediante el cual se formaliza el contrato con modificaciones si
las tuviere.
·
Fecha de la celebración del contrato.
·
Identificación (nombre y apellido, domicilio real, DNI y CUIT) del fiduciante, del fiduciario, del
beneficiario y del fideicomisario. En caso de personas jurídicas se
debe denunciar su domicilio y sede, CUIT; y la nómina de los miembros del
órgano de administración y de fiscalización, si existiere.
·
Plazo de duración del contrato.
·
Restricciones, limitaciones o condiciones impuestas por el contrato al fiduciario para
disponer o gravar los bienes fideicomitidos.
- Se
debe adjuntar como documentación original copia
del contrato, mediante firma digital. Hasta tanto se implemente el
sistema informático necesario para la firma digital, la carga del contrato
se puede realizar mediante un archivo en formato PDF, sin el
requerimiento de firma digital.
- Finalizado
el
contrato de Fideicomiso registrado por ante el Registro Público de
Contratos de Fideicomiso, el fiduciario debe presentar al Registro una declaración
jurada del fiduciario y del fideicomisario, formalizada en
instrumento público o privado con su firma certificada, en original y
copia certificada, en la que se exponga sobre la extinción
del fideicomiso y su causa y el procedimiento por el cual se entregaron
los bienes fideicomitidos al fideicomisario o a sus sucesores.
- La información
de los contratos registrados, modificaciones y extinción por ante
el Registro Público de Contratos de Fideicomiso se debe publicar en el
portal web del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires,
y actualizarse con una periodicidad
no mayor a 5 días hábiles.
Buenos
Aires, 31 de Octubre de 2017.
Dr. Ramirez Miguel Angel
Contador Publico U.B.A.
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