Carta de Noticias
Nro. 855/20
EMERGENCIA
SANITARIA Y ECONOMICA. COVID-19. NUEVAS ACTIVIDADES EXCEPTUADAS EN PROVINCIAS DE BUENOS AIRES Y LA PAMPA.
- Por Decisión Administrativa N°
909/2020, el Gobierno Nacional dispuso autorizar la reapertura del
servicio de mudanzas interjurisdiccionales en la
provincia de Buenos Aires, siempre que no provengan de municipios con
transmisión de virus, a excepción de los municipios que
integran el AMBA (Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui,
Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban
Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las
Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José
C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz,
Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón,
Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de
Febrero, Vicente López y Zárate), donde
sólo se pueden realizar dentro del mismo distrito.
II.
Asimismo, en General Pueyrredón, se autorizó la venta minorista de artículos de bazar
y menaje; de artículos de cuero y marroquinería; de artículos
de iluminación;
de artículos de óptica y fotografía; de bicicletas y rodados similares; de libros,
revistas y diarios; la reparación de equipos informáticos y de
comunicación; y de repuestos de automóviles, motocicletas
y bicicletas; juguetes y artículos de esparcimiento
y deportes para comercio minorista
de cercanía (la modalidad a implementar es de retiro en el local, "sin
prueba de prendas y artículos"); y la venta de prendas y accesorios de
vestir, calzado. En el caso de las últimas 2 actividades, para comercio
minorista de cercanía y la modalidad a implementar es de retiro en el local,
"sin prueba de prendas y artículos".
III.
En tanto, en Hurlingham,
se dispuso la reapertura de fabricación de productos textiles.
IV.
A su vez, en la Provincia de La
Pampa, vuelven a abrir casas de comidas, 'food trucks',
restaurantes, bares, cervecerías, cafeterías, heladerías,
confiterías y todo otro local destinado a la producción y venta, o sólo
venta de alimentos y bebidas que cuente con habilitación municipal para la
atención y permanencia del público en el local; como así también los gimnasios
y bibliotecas.
V.
Por Decisión Administrativa
919/2020 se exceptúa del aislamiento social,
preventivo y obligatorio al personal afectado a las agencias
oficiales de lotería, en el ámbito de la provincia
de Buenos Aires.
..………………
VI.
Por Decisión Administrativa 920/2020
se autoriza:
a) En Tigre la
reapertura de la industria naval y también la fabricación de productos
metalúrgicos, maquinaria y equipos; y de productos
minerales no metálicos (excepto cemento y cerámicos).
b) En tanto, en San Isidro vuelve
la industria
náutica y el mantenimiento de embarcaciones.
c) En Malvinas
Argentinas se
permite que se libere la industria automotriz y autopartes;
electrónica
y electrodomésticos; indumentaria; metalurgia, maquinaria y equipos; gráfica,
ediciones e impresiones; madera y muebles, cemento; productos
textiles; bicicletas y motos; química y petroquímica; plásticos
y subproductos; y cerámicos.
d) En Esteban
Echeverría se
libera la industria de la fabricación de papel y de productos
de papel.
e) En Almirante
Brown, se autoriza la industria automotriz y autopartes; metalurgia,
maquinaria y equipos; madera y muebles; cemento;
productos
textiles; química y petroquímica; y calzado.
Buenos
Aires, 29 de mayo 2020.
Contador Publico U.B.A.
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