Inicio

Usted puede ingresar la PALABRA o el TEMA sobre el que desea informarse y podrá encontrar, en nuestra base de datos de más de 500 Cartas de Noticias, el análisis y la investigación pertinente, llevados a cabo por nuestros profesionales en forma interdisiplinaria (abogados, contadores y especialistas en sistemas).

viernes, 29 de mayo de 2020

855/20 EMERGENCIA SANITARIA Y ECONOMICA. COVID-19. NUEVAS ACTIVIDADES EXCEPTUADAS EN PROVINCIAS DE BUENOS AIRES Y LA PAMPA.


                        Carta de Noticias Nro. 855/20

EMERGENCIA SANITARIA Y ECONOMICA. COVID-19. NUEVAS ACTIVIDADES EXCEPTUADAS EN  PROVINCIAS DE BUENOS AIRES Y LA PAMPA.


  1. Por Decisión Administrativa N° 909/2020, el Gobierno Nacional dispuso autorizar la reapertura del servicio de mudanzas  interjurisdiccionales en la provincia de Buenos Aires, siempre que no provengan de municipios con transmisión de virus, a excepción de los municipios que integran el AMBA (Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Zárate), donde sólo se pueden realizar dentro del mismo distrito.
    II.        Asimismo, en General Pueyrredón, se autorizó la venta minorista de artículos de bazar y menaje; de artículos de cuero y marroquinería; de artículos de iluminación; de artículos de óptica y fotografía; de bicicletas y rodados similares; de libros, revistas y diarios; la reparación de equipos informáticos y de comunicación; y de repuestos de automóviles, motocicletas y bicicletas;  juguetes y artículos de esparcimiento y deportes para comercio minorista de cercanía (la modalidad a implementar es de retiro en el local, "sin prueba de prendas y artículos"); y la venta de prendas y accesorios de vestir, calzado. En el caso de las últimas 2 actividades, para comercio minorista de cercanía y la modalidad a implementar es de retiro en el local, "sin prueba de prendas y artículos".
  III.        En tanto, en Hurlingham, se dispuso la reapertura de fabricación de productos textiles.
  IV.        A su vez, en la Provincia de La Pampa, vuelven a abrir casas de comidas, 'food trucks', restaurantes, bares, cervecerías, cafeterías, heladerías, confiterías y todo otro local destinado a la producción y venta, o sólo venta de alimentos y bebidas que cuente con habilitación municipal para la atención y permanencia del público en el local; como así también los gimnasios y bibliotecas.




V.        Por Decisión Administrativa 919/2020 se exceptúa del aislamiento social, preventivo y obligatorio al personal afectado a las agencias oficiales de lotería, en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.
..………………
VI.        Por Decisión Administrativa 920/2020 se autoriza:
a)    En Tigre la reapertura de la industria naval y también la fabricación de productos metalúrgicos, maquinaria y equipos; y de productos minerales no metálicos (excepto cemento y cerámicos).
b)    En tanto, en San Isidro vuelve la industria náutica y el mantenimiento de embarcaciones.
c)    En Malvinas Argentinas se permite que se libere la industria automotriz y autopartes; electrónica y electrodomésticos; indumentaria; metalurgia, maquinaria y equipos; gráfica, ediciones e impresiones; madera y muebles, cemento; productos textiles; bicicletas y motos; química y petroquímica; plásticos y subproductos; y cerámicos.
d)    En Esteban Echeverría se libera la industria de la fabricación de papel y de productos de papel.
e)    En Almirante Brown, se autoriza la industria automotriz y autopartes; metalurgia, maquinaria y equipos; madera y muebles; cemento; productos textiles; química y petroquímica; y calzado.


Buenos Aires, 29 de mayo 2020.


                                                                            Dr. Ramirez Miguel Angel

                       Contador Publico U.B.A.








No hay comentarios:

Publicar un comentario