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domingo, 28 de junio de 2020

863/20 NOVEDADES IMPOSITIVAS, ECONOMICAS Y CAMBIARIAS



                        Carta de Noticias Nro. 863/20

NOVEDADES IMPOSITIVAS, ECONOMICAS Y CAMBIARIAS

     I.        Por RG AFIP 4746/2020, se habilitó, hasta el 03/07/2020, el Sistema de Registración Online al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para aquellos empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de junio.
    II.        Se deben registrar todas las empresas, incluso aquellas que ya hayan realizado el procedimiento en los meses anteriores.
  III.        Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no hayan informado una CBU, deben hacerlo, ahora, para cada uno de sus empleados, a través del servicio web "Simplificación Registral". No es necesario que sea una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador figure como titular o cotitular.
……………..
  IV.        Por RG 4745/20 AFIP decidió eximir a los contribuyentes de la obligación de registrar sus datos biométricos hasta el 31/07/ 2020, inclusive.
…………….
   V.        A través de la RG AFIP 4744/20, se prorrogó hasta el 31/07/2020 los beneficios del plan permanente para la regularización de deudas impositivas, de la seguridad social y aduaneras establecido por la RG 4268.
…………….
  VI.        Por RG AFIP 4743/2020 se dispuso la postergación de la presentación de estados contables, hasta el 18/08/2020 inclusive, para aquellas sociedades que cerraron sus ejercicios fiscales entre los períodos 11 y12/2019 y 01/2020, que originalmente debían presentarlos entre mayo y junio.
……………..
VII.        A través de RG AFIP 4742/2020 extendió hasta el 31/07/2020 el plazo de adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite financiar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social incluidas en planes caducos para empresas, monotributistas y autónomos.
…………..
VIII.        Asimismo la AFIP por RG 4741/2020 suspendió el inicio de nuevas ejecuciones fiscales para obtener el cobro  de las obligaciones tributarias hasta fines de julio, incluso en las jurisdicciones donde se levantó la feria judicial extraordinaria.

  IX.        Por RG 4740/2020 la AFIP prorrogó hasta el 31/07/2020 la suspensión de traba de medidas cautelares para las PYMES.
………………….
   X.        Por RG 4738/2020 la AFIP extendió la suspensión de las bajas de oficio al Régimen de Monotributo, no realizando durante el mes de junio los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin. Asimismo se suspenden transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose los meses de marzo, abril, mayo y junio como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen.
………………..
  XI.        Por Resolución SEPyME 69/2020, a partir del 22/06/2020, se actualizaron los límites de facturación anual, para la categorización de una empresa como MIPYME, conforme al siguiente detalle:
“A. Límites de ventas totales anuales expresados en pesos ($).
 Categoría
Sector de actividad
Construcción
Servicios
Comercio
Industria y minería
Agropecuario
Micro
19.450.000
9.900.000
36.320.000
33.920.000
17.260.000
Pequeña
115.370.000
59.710.000
247.200.000
1243.290.000
71.960.000
Mediana tramo 1
643.710.000
494.200.000
1.821.760.000
1.651.750.000
426.720.000
Mediana tramo 2
965.460.000
705.790.000
2.602.504.000
2.540.380.000
676.810.000

B. Límites de personal ocupado.
Categoría
Construcción
Servicios
Comercio
Industria y minería
Agropecuario
Micro
12
7
7
15
5
Pequeña
45
30
35
60
10
Mediana tramo 1
200
165
125
235
50
Mediana tramo 2
590
535
345
655
215

                        C. Límites de Activos expresados en $
Tope de Activos en $
193.000.000
……………….
  1. El Banco Central (BCRA) anunció hoy que las empresas que hayan tomado créditos al 24% pueden renovarlos por el equivalente a la masa salarial mensual.
  2. Asimismo, habilitó 2 nuevas líneas de financiamiento, una para la inversión en bienes de capital y otra para firmas sin acceso al crédito bancario.
  3. La línea de inversión para bienes de capital permite a las empresas, sin importar su dimensión, que puedan acceder a créditos a tasa de 24% para adquirir cualquier equipamiento y maquinaria de origen nacional que sea producido por Mipymes argentinas.
  4. Por su parte, la línea "Mipyme Plus" permite a empresas que no tienen abierta una carpeta en una entidad financiera puedan acceder a una línea de financiamiento, si tienen calificación crediticia y situación 1 o 2 en la central de deudores al 20/03/2020.
  5. Para su devolución, los plazos mínimos son de 12 meses y cuentan con un período de gracia de 3 meses para el pago de capital e interés desde su otorgamiento.
……………………
  1. A través de la Comunicación A 7052, facilitó el acceso al MLC a las empresas que busquen atender el pago de importaciones, a partir del momento que se despacha el embarque en puerto de origen.
  2. En este sentido, libera el acceso al mercado oficial de cambio para el pago de:
- Provisión de medicamentos críticos.
- Compra de kits para la detección del coronavirus COVID-19
- Bienes que correspondan a operaciones que se embarquen a
   partir del 01/07/2020 o que, habiendo sido embarcadas con
   anterioridad, no hubieran arribado al país antes de esa fecha.
- Insumos para la producción local de medicamentos.
- La realización de pagos de importaciones en la medida que el
  monto sea inferior a US$ 1.000.000, límite que se extiende
  hasta US$ 3.000.000 para la provisión de medicamentos y otros
  bienes vinculados a la salud o los insumos para la producción
  local del sector.

 
         Buenos Aires, 28 de junio de 2020.
Dr. Ramirez Miguel Angel

                                                           Contador Publico U.B.A.



 




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