Carta
de Noticias Nro. 646/16
Novedades
Impositivas. Nuevo Plan de Financiación Permanente
I.
Mediante RG Nº 3827 la AFIP ha
lanzado un nuevo Plan de Financiación Permanente.
II.
El Plan de Financiación Permanente
consiste en un plan de financiamiento con cuota fija.
III.
La tasa de interés de este régimen se va
a ir actualizando todos los meses, en el día 20, tomando en cuenta la Tasa
Nominal Anual (TNA) del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días,
más 2 puntos para los sujetos con ingresos anuales de hasta 91 millones de
pesos y más de 6 para el resto.
IV.
Las deudas que se pueden cancelar
con el nuevo Plan de Financiación Permanente son los siguientes:
Ø Obligaciones impositivas y de
los recursos de la seguridad social, vencidas a la fecha de la
presentación del plan, sus intereses, actualizaciones y multas.
Ø Multas aplicadas o cargos suplementarios
formulados por el servicio aduanero, sus intereses y actualizaciones.
Ø Saldos pendientes por obligaciones incluidas en otros planes de
facilidades caducos.
Ø Los aportes personales de los trabajadores autónomos.