Carta de Noticias Nro. 94 /97
Buenos Aires, Octubre 97
Asunto: Exámenes Médicos al Personal y otros
temas de A.R.T.
De nuestra mayor consideración:
Como es de su
conocimiento, hace ya un año que se encuentra en vigencia el régimen de las
Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
El régimen ha sufrido
algunas modificaciones. Una de ellas, referida a los exámenes médicos al personal. Quisiéramos
referirnos a este asunto puntual y, al mismo tiempo, analizar otros aspectos del referido régimen, que pueden
importar inconvenientes o sanciones para su empresa.
A) Exámenes
Médicos al Personal.
El primer aspecto a
considerar es la obligatoriedad de efectuar exámenes médicos al personal que se
incorpore a la empresa. Tal examen es OBLIGATORIO y rige para el personal
que se incorpore desde el lro. de Julio de l.997.
Es por todos sabido
que el régimen entró en vigencia el lro. de Julio de l.996 y que las ART asumen las
indemnizaciones que surgen como consecuencia de enfermedades profesionales PREEXISTENTES,
a dicha fecha.
Cálculos de las mismas
ART estiman el costo de los exámenes
en 20 o 25 pesos por persona.
El objeto del examen
es el de medir la aptitud del trabajador
para desempeñarse en el puesto de trabajo y no DISCRIMINAR bajo
ningún aspecto.
Ni la ART ni el empleador están obligados a dar
copia de los exámenes al trabajador,
aunque pueden hacerlo si así lo consideran.