Inicio

Usted puede ingresar la PALABRA o el TEMA sobre el que desea informarse y podrá encontrar, en nuestra base de datos de más de 500 Cartas de Noticias, el análisis y la investigación pertinente, llevados a cabo por nuestros profesionales en forma interdisiplinaria (abogados, contadores y especialistas en sistemas).

lunes, 29 de octubre de 2018

762/18 REGIMEN PENAL TRIBUTARIO

Fbac
                                     Carta de Noticias Nro. 762/18
                       
REGIMEN PENAL TRIBUTARIO

      I.        A continuación haremos un breve análisis del Régimen Penal Tributario instaurado luego de la reforma establecida por la Ley 27.430.
……………………
     II.        La ley tipifica a los delitos en: tributarios, relativos a la seguridad social y delitos fiscales comunes.
………………….
    III.        Entre los delitos tributarios encontramos:
1)    Evasión o defraudación simple: cuando mediante cualquier tipo de ardid o engaño se evada en forma total o parcial tributos nacionales o provinciales, siempre que el monto evadido, en cada jurisdicción, exceda de $ 1.500.000, por cada tributo y por cada ejercicio anual.  Pena de prisión de 2 a 6 años.
2)    Evasión o defraudación agravada: cuando mediante cualquier tipo de ardid o engaño se evada en forma total o parcial tributos nacionales o provinciales, y se de alguno de los siguientes supuestos:

viernes, 19 de octubre de 2018

761/18 NOVEDADES IMPOSITIVAS

                                Carta de Noticias Nro. 761/18
                       
NOVEDADES IMPOSITIVAS

  1. Por RG 4320/18 la AFIP habilitó, a partir del 17/10/2018, para las personas humanas que tengan DNI argentino y CUIL o CDI, la tramitación íntegramente online (digital) de la CUIT, sin obligación de tener que concurrir a alguna dependencia en forma presencial para realizar el trámite.
  2. A tal efecto, las personas humanas deben tener clave fiscal nivel 2, e ingresar  dentro de la Web de la AFIP a “inscripción digital”. Una vez allí, el sistema pide los siguientes datos:

viernes, 5 de octubre de 2018

760/18 LIBROS CONTABLES

                                     Carta de Noticias Nro. 760/18
                       
LIBROS CONTABLES

  1. Conforme el Código Civil y Comercial se encuentran obligadas a llevar libros contable todas las personas jurídicas privadas, como así también las personas físicas que realizan una actividad económica organizada, o sean titulares de una empresa, establecimiento comercial, industrial, agropecuario o de servicios.
  2. Están excluidas de llevar contabilidad las personas humanas que desarrollan profesiones liberales (con título universitario, intermedio o terciario) o actividades agropecuarias y conexas no ejecutadas u organizadas en forma de empresa. 
  3. Asimismo, cada Provincia puede disponer que algunas actividades, queden eximidas de llevar contabilidad, si el hecho de tener que llevarlos resulta ser un inconveniente en base al volumen de su giro.   

viernes, 28 de septiembre de 2018

759/18 ASIGNACIONES FAMILIARES

                                     Carta de Noticias Nro. 759/18
                       
ASIGNACIONES FAMILIARES

  1. Mediante Res. 125/2018, la ANSeS estableció los nuevos rangos y montos de las asignaciones familiares, que rigen a partir de septiembre 2018:

A)   Trabajadores en Relación de Dependencia y Titulares de la Prestación de la Ley de ART
Asignación Familiar
Ingreso Grupo Familiar:
Valor General*
Zona 1**
Zona 2***
Zona 3****
Zona 4*****
Nacimiento
$ 3.004.25 y $ 83.917
$ 1.963
$ 1.963
$ 1.963
 1.963
$ 1.963
Adopción
$ 3.004.25 y $ 83.917
$ 11.758
$ 11.758
$ 11.758
$ 11.758
$ 11.758
Matrimonio
$ 3.004.25 y $ 83.917
$ 2.941
$ 2.941
$ 2.941
$   2.941
$ 2.941
Prenatal
$ 3.004.25 y  26.129
$ 1.684
$ 1.684
$ 3.635
$   3.366
$ 3.635
$ 26.129,01 y 38.322
$ 1.134
$ 1.499
$ 2.248
$  2.990
$ 2.990
$ 38.322,01 y $ 44.244
$ 683
$ 1.350
$ 2.030
$  2.702
$ 2.702
$ 44.244,01 y $ 83.917
$ 350
$ 690
$ 1.035
$  1.372
$ 1.372
Hijo
$ 3.004.25 y $ 26.129
$ 1.684
$ 1.684
$ 3.635
$  3.366
$ 3.635
$ 26.129,01 y $ 38.322
$ 1.134
$ 1.499
$ 2.248
$  2.990
$ 2.990
$ 38.322,01 y $ 44.244
$ 683
$ 1.350
$ 2.030
$  2702
$ 2.702
$ 44.244,01 y $ 83.917
$ 350
$ 690
$ 1.035
$  1.372
$ 1.372
Hijo con discapacidad
$ 0 y $ 26.129
$ 5.491
$ 5.491
$ 8.231
$ 10.973
$ 10.973
$ 26.129,01 y$ 38.322
$ 3.882
$ 5.296
$ 7.940
$ 10.583
$ 10.583
+ $ 38.322,01
$ 2.449
$ 5.099
$ 7.645
$ 10.192
$ 10.192
Ayuda escolar anual
$ 3004.25 y $ 83917
$ 1.411
$ 1.882
$ 2.355
$ 2.816
$ 2.816
Ayuda escolar anual para hijo con discapacidad
Sin tope
$ 1.411
$ 1.882
$ 2.355
$ 2.816
$ 2.816
Cónyuge
$ 3004.25 y $ 83917
$ 406
$ 808
Valor General*: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4

viernes, 21 de septiembre de 2018

758/18 LABORAL. SUSPENSIONES Y DESPIDOS POR CAUSAS ECONOMICAS O FUERZA MAYOR. PROCEDIMIENTOS DE CRISIS

                                     Carta de Noticias Nro. 758/18
                       
LABORAL. SUSPENSIONES Y DESPIDOS POR CAUSAS ECONOMICAS O FUERZA MAYOR. PROCEDIMIENTOS DE CRISIS

  1. La LCT, establece que cuando existen situaciones de fuerza mayor, falta o disminución de trabajo no imputables a la empresa, el empleador tiene la facultad de suspender trabajadores, ó bien disponer su despido, estando facultado, en este último caso, a abonarles indemnizaciones disminuidas (50% de la indemnización por antigüedad).
……………..
  1. Cuando se trata de suspensiones por fuerza mayor, éstas no pueden superar los 75 días en el año; mientras que las suspensiones por falta o disminución de trabajo no pueden exceder los 30 días, en el año. En ambos casos contados desde la primera suspensión.
  2. Asimismo, las suspensiones en su conjunto y cualquiera fuera la causal invocada, no pueden exceder los 90 días en 1 año, a partir de la primera suspensión.

viernes, 14 de septiembre de 2018

757/18 SOCIEDADES. APORTES SOCIALES

                                     Carta de Noticias Nro. 757/18
                       
SOCIEDADES. APORTES SOCIALES

      I.        El aporte social es la prestación que se obliga a cumplir el socio a favor de la sociedad, ya sea en el acto constitutivo o en su reforma. El aporte es una obligación esencial del socio, sin éste no hay sociedad ni socio.
     II.        Los aportes deben ser lícitos, encontrarse en el comercio y no ser contrarios a las buenas costumbres; y tratándose de bienes en especie, debe asegurarse su transferencia a la sociedad.

viernes, 7 de septiembre de 2018

756/18 SISTEMA PERFIL DE RIESGO-AFIP (SIPER)

Carta de Noticias Nro. 756/18
                       
SISTEMA PERFIL DE RIESGO-AFIP (SIPER)
      I.        El Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER), creado por AFIP, es un sistema informático que califica a los contribuyentes, mediante la realización de procesos de evaluación mensuales, en base al cumplimiento de sus deberes formales y materiales, concediendo o limitando los beneficios vinculados con la recaudación, devolución y/o transferencias de impuestos y recursos de la seguridad social, según el caso de que se trate.
     II.        De allí que es fundamental que cada contribuyente se mantenga con el menor riesgo posible de manera de acceder a mejores beneficios.